Socializacion contrato de aprendizaje
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MODULO # 2 SEGUNDO MOMENTO DE INDUCCIÓN
• Contrato de aprendizaje
Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
Chiquinquirá – Boyacá
2012
Mónica Castellanos
Jimy Osorio
Eduardo Lara
Cristian Tudela
Gilberth Rodríguez
Contrato de aprendizaje
• Es una forma especial de vinculación dentro del
derecho laboral.
• La ley 789 del 2002 establece que las empresas
están obligadas a contratar a un a aprendiz por
cada 15 trabajadores por un plazo no mayor a
dos años.
Entre las normas que regulan la contratación de
aprendices encontramos:
• Ley 789 de 2002
• Decreto 933 de 2003
• Decreto 2585 de 2003
• Acuerdo 15 2003
• Circular 132 de 2009
FINALIDAD:
• Realizar la practica y formación del aprendiz
para entrar al mundo laboral, con un apoyo de
sostenimiento que le brinda el patrocinador.
Coordinador administrativo: Ing.
Sandra Camelo
Coordinador Regional: José del Carmen Gómez
Líder de contrato de aprendizaje: Guía principal.
Directora: Ximena Rizo
Para mayor información ingresar a: http://caprendizaje.sena.edu.co/
RECOMENDACIÓN:
• Todos los aprendices deben estar disponibles
en el aplicativo, si no aparecen deben dirigirse
al líder de contrato de aprendizaje para que los
habilite y puedan acceder a la etapa productiva.
REMUNERACIÓN:
• Al firmar el contrato de aprendizaje en la etapa
lectiva se tiene derecho al cincuenta por ciento
del salario mínimo legal mensual vigente
(SMLMV) equivalente a $283.350.
• El contrato de aprendizaje en etapa productiva
tiene una remuneración del 75% del SMLMV,
equivalente a $425.025 y afiliación a EPS y
ARP donde el empresario asume en 100% de
los costos no pueden ser descontadas ni
reguladas por ningún convenio colectivo.
RECOMENDACIÓN:
• El apoyo de sostenimiento es un auxilio
exclusivo para el proceso de formación .
• La aprendiz debe procurar no quedar en estado
de embarazo durante el proceso de formación.
CAUSALES DE SUSPENSION DEL CONTRATO
DE APRENDIZAJE:
• Por licencia de maternidad.
• Incapacidad medica solo valida por la EPS.
• Vacaciones colectivas en la etapa productiva.
• Durante la suspensión no se cancelara el apoyo
de sostenimiento; únicamente se mantiene la
afiliación a la EPS.
CASOS FORTUITOS:
• por ola invernal, cancelación de la empresa o
cierre temporal de la misma.
ACLARATORIA:
• No existe otra figura normativa que permita
tener un contrato adicional al pactado.
CAUSALES DE CANCELACIÓN DEL
CONTRATO:
• Finalización del tiempo inicialmente pactado.
• Por caso fortuito o fuerza mayor (servicio
militar).
• Por mutuo acuerdo entre el SENA- Aprendiz-
Empresa, teniendo en cuenta el reglamento a
seguir.
• Bajo rendimiento académico del aprendiz ocancelación de la matricula en la etapa lectiva oproductiva.
• Por incumplimiento de la empresa, en este casose hace seguimiento para realizar un segundocontrato.
• Por una falta del aprendiz; no puede haber unsegundo contrato para lo cual se debe tener unapráctica en otra modalidad. Cuando la falta esgrave el aprendiz no puede acceder a otrocontrato de aprendizaje y su matrícula serácancelada.
PATROCINADORES:
• Están obligados a contratar aprendices las
empresas públicas que desarrollen cualquier
actividad industrial o comercial del estado.
Igualmente las empresas privadas que
desarrollen cualquier tipo de actividad distinta a
la construcción.
• Según la normatividad una empresa de 15 a 20
empleados debe tener un aprendiz, y así por
cada 20 empleados tendrá un aprendiz.
PARAGRÁFO:
• El artículo 2 de la ley, apartándose de lo
establecido en el código laboral, dispone que
“pueden celebrar contrato de aprendizaje las
personas mayores de 14 años que han
completado sus estudios primarios o
demuestren poseer conocimientos equivalentes
a ellos, en los mismos términos y con las
restricciones de que se trata el código de
trabajo.
APLICATIVO:
• El SENA creo una herramienta para que cada
aprendiz auto gestione su contrato de
aprendizaje en un proceso de trasparencia entre
el aprendiz-SENA - empresa.
• http://caprendizaje.sena.edu.co/
Para ingresar por primera vez:
• Usuario : documento de identidad
Contraseña: aprendizsena
Luego se puede acceder a cambiar la contraseña.
PASOS DEL APLICATIVO
• Paso1: Datos personales
• Paso 2: aplicar como aprendiz , aparece un
listado de opciones a las que se puede aplicar
según el perfil profesional.
• Paso 3: se puede observar las veces que ha
aplicado a las empresas, también se encuentra
consultar contrato para verificar si este ha sido
registrado
• Paso 4: permite modificar nuestros datos
personales, importante para que las empresas
puedan contactarnos.
• Paso 5: finalizar.
Se debe ingresar como máximo una vez a la
semana para evitar que sistema nos deshabilite y
las empresas no puedan ver nuestro perfil
profesional.
RECOMENDACIONES:
• Si una empresa patrocina desde la etapaelectiva lo mas justo es continuar el contrato deaprendizaje en la etapa productiva actuandocon excelente actitud.
• Al recibir la llamada para entrevista se debe serlo mas respetuoso y cortes posible, alpresentarse a la entrevista debe ser conpuntualidad, imagen profesional, buenapresentación personal y cordial con losmiembros de la organización.
• Quienes hacen parte del nivel administrativo
deben presentarse con uniforme de diario.
• Las mujeres deben utilizar un maquillaje suave
y accesorios acordes a la presentación
personal.
• El contrato de aprendizaje es la forma esencial
para el inicio de la vida laboral.
• Siempre se deben actualizar nuestros datos en
el aplicativo
• Sin importar la empresa en todas se aprende y
se demuestran las capacidades
• Siempre se tiene el apoyo del líder de contrato
de aprendizaje y como soporte la pagina:
http://caprendizaje.sena.edu.co/
• Si en la etapa productiva se elige contrato de
aprendizaje, recordar que se debe conocer el
proceso de como acceder al aplicativo y hacer
uso de el.
• Esta modalidad tiene como beneficio el apoyode sostenimiento en la etapa lectiva, lo cualhace que la capacitación sea mas cómoda.
• Una vez estemos en etapa productiva, nopueden haber prorrogas, excepto en licenciasde maternidad, incapacidad medica, fuerzasmayores y vacaciones colectivas.
• Si tiene contrato de aprendizaje no se puedetener bajo rendimiento académico por queperderán no solo el contrato si no también laoportunidad de realizar esta modalidad comoetapa productiva.