Modelo de carta profesional

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 NORMA SISMORESISTENTE 2010 JHON JAMES DIAZ CARDONA MAURICIO MONTAÑO FERNANDEZ TIC’S GUSTAVO ALDOLFO DIEZ SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL VALLE CENTRO DE L A CONSTRUCCIÓN 2013 CONTENIDO 1

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NORMA SISMORESISTENTE 2010

JHON JAMES DIAZ CARDONAMAURICIO MONTAO FERNANDEZ

TICS

GUSTAVO ALDOLFO DIEZ

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENAREGIONAL VALLECENTRO DE LA CONSTRUCCIN2013

CONTENIDO

1Titulo C: Concreto Estructural.31.1Capitulo C.1: Requisitos Generales41.2Capitulo C.2: Notacin Y Definiciones41.3Capitulo C.3: Materiales41.4Capitulo C.4: Calidad Del Concreto, Preparacin Y Colocacin61.5Capitulo C.5: Elementos Compuestos De Concretos Concreto Sometido A Flexin.72Titulo D: Mampostera Estructural82.1Capitulo D.1: Planos y memorias82.2Capitulo D.2: Clasificacin, usos, nomenclatura y definiciones92.3Capitulo D.3: Curado de los muros en mampostera122.4Capitulo D.4: Mampostera de muros confinados122.5Capitulo D.5: Columnas de confinamiento132.6Capitulo D.6: Vigas de confinamiento142.7Capitulo D.7: Muros diafragma163Titulo F: Estructuras metlicas173.1Capitulo F.1: Requisitos Generales173.2Capitulo F.2: Estructuras de acero con perfiles laminados, armados y tubulares173.3Capitulo F.3: Provisiones ssmicas para estructuras de acero con perfiles laminado, armados y tubera estructural183.4Capitulo F.4: Estructuras de acero con perfiles de lmina formada en frio183.5Capitulo F.5: Estructuras de aluminio194Titulo G: Estructuras de madera y de guadua204.1Capitulo G.1: Requisitos generales204.2Capitulo G.2: Bases para el diseo estructural204.3Capitulo G.3: Diseo de elementos solicitados por flexin214.4Capitulo G.4: Diseo de elementos solicitados por fuerza axial224.5Capitulo G.5: Diseo de elementos solicitados por flexin y fuerza axial224.6Capitulo G.6: Uniones224.7Capitulo G.7: Diafragmas Horizontales y muros de corte224.8Capitulo G.8: Armaduras234.9Capitulo G.9: Sistemas estructurales234.10Capitulo G.10: Aserrado244.11Capitulo G.11: Preparacin, fabricacin, construccin, montaje y mantenimiento244.12Capitulo G.12: Estructuras de guadua255Bibliografa26

Titulo C: Concreto Estructural.

Capitulo C.1: Requisitos Generales

Se indica que se permite utilizar el documento IPS-1(7) (o ACI 314) para el diseo Simplificado de estructuras de concreto de menos de cinco pisos o menos de 3 000 m2 de rea. Disposiciones para resistencia ssmica, se indica cmo se coordina el Ttulo C del Reglamento NSR-10 con el Ttulo A de diseo sismo resistente.

Capitulo C.2: Notacin Y Definiciones

Notacin del Ttulo C del Reglamento NSR-10, se actualizan todos los trminos tcnicos empleados en el Ttulo C. Toda la nomenclatura y definicin de las variables se actualiz y racionaliz. Definiciones, se incluye el trmino de ingls que se est definiendo entre parntesis para facilitar la aplicacin de este ttulo del Reglamento NSR-10.

Capitulo C.3: Materiales

Acero de refuerzo, se ajusta el documento ACI 318 a la prctica nacional de la siguiente forma: Las barras corrugadas de acero deben cumplir la norma tcnica colombiana NTC 2289 en todo el territorio nacional. No se permite el uso de acero corrugado de refuerzo fabricado bajo las norma NTC 245, ni ningn otro tipo de acero que haya sido trabajado en fro o trefilado. El refuerzo liso solo se permite en estribos, refuerzo de retraccin y temperatura o refuerzo en espiral y no puede utilizarse como refuerzo longitudinal a flexin, excepto cuando conforma mallas electro soldadas. Se permiten barras de refuerzo galvanizadas que cumplan con NTC 4013. Los alambres y el refuerzo electro soldado de alambre recubiertos con epxido deben cumplir con ASTM A884M. Se permite utilizar pernos con cabeza y sus ensamblajes, los cuales deben cumplir con ASTM A1044M.

Refuerzo corrugado Las barras de refuerzo corrugado deben ser de acero de baja aleacin que cumplan con la norma NTC 2289 (ASTM A706M). Se permite el uso de barras de acero inoxidable fabricadas bajo la norma ASTM A955M siempre y cuando cumplan a su vez los requisitos de NTC 2289 (ASTM A706M).

Aditivos. Los aditivos para reduccin de agua y modificacin del tiempo de fraguado deben cumplir con la norma NTC 1299 (ASTM C494M). Los aditivos para producir concreto fluido deben cumplir la norma NTC 4023 (ASTM C1017M). Los aditivos incorporadores de aire deben cumplir con la norma NTC 3502 (ASTM C260). Los aditivos que se usen en el concreto y que no cumplan con C.3.6.1 y C.3.6.2 deben someterse a la aprobacin previa del Supervisor Tcnico. El cloruro de calcio o los aditivos que contengan cloruros que no provengan de impurezas de los componentes del aditivo, no deben emplearse en concreto pre esforzado, en concreto que contenga aluminio embebido o en concreto construido en encofrados permanentes de acero galvanizado. Vanse C.4.3.1 y C.6.3.2. Los aditivos usados en el concreto que contengan cemento expansivo que cumpla con la norma NTC 4578 (ASTM C845), deben ser compatibles con el cemento y no producir efectos nocivos.

Almacenamiento de materiales El material cementante y los agregados deben almacenarse de tal manera que se prevenga su deterioro o la introduccin de materia extraa. Cualquier material que se haya deteriorado o contaminado no debe utilizarse en el concreto.

Capitulo C.4: Calidad Del Concreto, Preparacin Y Colocacin

El concreto debe dosificarse para que proporcione una resistencia promedio a la compresin, fcr, segn se establece en C.5.3.2, y debe satisfacer los criterios de durabilidad del Captulo C.4. El concreto debe producirse de manera que se minimice la frecuencia de resultados de resistencia inferiores a fc , como se establece en C.5.6.3.3. Para concreto diseado y construido de acuerdo con el Reglamento NSR-10, fc no puede ser inferior a 17 MPa. Los requisitos para fc deben basarse en ensayos de cilindros, hechos y ensayados como se establece en C.5.6.3. A menos que se especifique lo contrario fc debe basarse en ensayos a los 28 das. Si el ensayo no es a los 28 das, la edad de ensayo para obtener fc debe indicarse en los planos o especificaciones de diseo. Cuando los criterios de diseo de C.8.6.1, C.12.2.4 (d) y C.22.5.6.1 indiquen el empleo de un valor de resistencia a la traccin por hendimiento del concreto, deben realizarse ensayos de laboratorio de acuerdo con NTC 4045 (ASTM C330) para establecer un valor de fct correspondiente a fc . Los ensayos de resistencia a la traccin por hendimiento no deben emplearse como base para la aceptacin del concreto en obra. El concreto reforzado con fibra de acero debe cumplir con NTC 5541 (ASTMC1116). El fc mnimo para el concreto reforzado con fibra de acero debe cumplir con C.5.1.1.

Dosificacin Del ConcretoLa dosificacin de los materiales para el concreto debe establecerse para lograr: Trabajabilidad y consistencia que permitan colocar fcilmente el concreto dentro del encofrado y alrededor del refuerzo bajo las condiciones de colocacin que vayan a emplearse, sin segregacin ni exudacin excesiva. Resistencia a exposiciones especiales, segn lo requerido en el Captulo C.4. Conformidad con los requisitos del ensayo de resistencia de C.5.6. Cuando se empleen materiales diferentes para distintas partes de la obra propuesta, debe evaluarse cada Una de las combinaciones. La dosificacin del concreto debe establecerse de acuerdo con C.5.3, o alternativamente con C.5.4, y debe Cumplir con los requisitos correspondientes del Captulo C.4.Capitulo C.5: Elementos Compuestos De Concretos Concreto Sometido A Flexin.

Generalidades Se permite usar elementos compuestos en su totalidad o partes de ellos, para resistir cortante y momento. Los elementos individuales deben investigarse para todas las etapas crticas de carga. Si la resistencia especificada, la densidad u otras propiedades de los diversos elementos son diferentes, deben utilizarse en el diseo las propiedades de los elementos individuales o los valores ms crticos. En el clculo de la resistencia de elementos compuestos no debe hacerse distincin entre elementos apuntalados y no apuntalados. Todos los elementos deben disearse para resistir las cargas introducidas antes del completo desarrollo de la resistencia de diseo del elemento compuesto. Se debe disear el refuerzo requerido para controlar el agrietamiento y prevenir la separacin de los elementos individuales de los miembros compuestos. Los elementos compuestos deben cumplir con los requisitos de control de deflexiones dados en C.9.5.5.

Apuntalamiento Donde se emplee el apuntalamiento, ste no debe retirarse hasta que los elementos soportados hayan desarrollado las propiedades de diseo requeridas para resistir todas las cargas, y limitar las defecciones y el agrietamiento en el momento de retirar los puntales.

Titulo D: Mampostera Estructural

Capitulo D.1: Planos y memorias

Planos EstructuralesAdems de los requisitos establecidos en A.1.5.2 de este Reglamento, Debe especificarse y detallarse en los planos lo siguiente: Caractersticas de las unidades de mampostera utilizadas en el diseo, indicando la norma NTC, de las normas permitidas que se citan en la seccin D.3.6, bajo la cual deben ser fabricadas. Valor de la resistencia nominal a la compresin de la mampostera utilizada en los diferentes elementos estructurales, especificada respecto al rea neta promedio de la seccin _fm. Definicin del mortero de pega como tipo H, M, S o N, de los indicados en la seccin D.3.4, fijando su resistencia mnima a la compresin, medida como se define en esa misma seccin. Ubicacin de las celdas y cavidades que deben inyectarse con mortero de relleno. Definicin del tipo de mortero de relleno, de los indicados en la seccin D.3.5, prescribiendo su resistencia mnima a la compresin, medida como se define en esa misma seccin. Tamao y localizacin de todos los elementos especificados. Tamao especificado, resistencia, tipo y localizacin del acero de refuerzo, anclajes mecnicos y conectores utilizados en el diseo.

Capitulo D.2: Clasificacin, usos, nomenclatura y definiciones

Clasificacin de la mampostera estructuralEstas normas reconocen los siguientes tipos de mampostera:

Mampostera de cavidad reforzada Es la construccin realizada con dos paredes de piezas de mampostera de caras paralelas reforzadas o no, separadas por un espacio continuo de concreto reforzado, con funcionamiento compuesto y que cumple los requisitos del captulo D.6. Este sistema estructural se clasifica, para efectos de diseo sismo resistente, como uno de los sistemas con capacidad especial de disipacin de energa en el rango inelstico (DES). Mampostera reforzada Es la construccin con base en piezas de mampostera de perforacin vertical, unidas por medio de mortero, reforzada internamente con barras y alambres de acero y que cumple los requisitos del captulo D.7. Este sistema estructural se clasifica, para efectos de diseo sismo resistente, como uno de los sistemas con capacidad especial de disipacin de energa en el rango inelstico (DES) cuando todas sus celdas se inyectan con mortero de relleno o cuando se cumpla con los requisitos adicionales de refuerzos mnimos descritos en D.7.2.1.1, y como uno de los sistemas con capacidad moderada de disipacin de energa en el rango inelstico (DMO) cuando slo se inyectan con mortero de relleno las celdas verticales que llevan refuerzo. Mampostera parcialmente reforzada Es la construccin con base en piezas de mampostera de perforacin vertical, unidas por medio de mortero, reforzada internamente con barras y alambres de acero y que cumple los requisitos del captulo D.8. Este sistema estructural se clasifica, para efectos de diseo sismo resistente, como uno de los sistemas con capacidad moderada de disipacin de energa en el rango inelstico (DMO). Mampostera no reforzada Es la construccin con base en piezas de mampostera unidas por medio de mortero que no cumple las cuantas mnimas de refuerzo establecidas para la mampostera parcialmente reforzada. Debe cumplir los requisitos del captulo D.9. Este sistema estructural se clasifica, para efectos de diseo sismo resistente, como uno de los sistemas con capacidad mnima de disipacin de energa en el rango inelstico (DMI). Mampostera de muros confinados Es la construccin con base en piezas de mampostera unidas por medio de mortero, reforzada de manera principal con elementos de concreto reforzado construidos alrededor del muro, confinndolo y que cumple los requisitos del captulo D.10. Este sistema estructural se clasifica, para efectos de diseo sismo resistente, como uno de los sistemas con capacidad moderada de disipacin de energa en el rango inelstico (DMO). Mampostera de muros diafragma Se llaman muros diafragma de mampostera a aquellos muros colocados dentro de una estructura de prticos, los cuales restringen su desplazamiento libre bajo cargas laterales. Los muros diafragma deben cumplir los requisitos del captulo D.11. Este tipo de construccin no se permite para edificaciones nuevas, y su empleo slo se permite dentro del alcance del Captulo A.10, aplicable a la adicin, modificacin o remodelacin del sistema estructural de edificaciones construidas antes de la vigencia de la presente versin del Reglamento, o de la evaluacin de su vulnerabilidad ssmica. Mampostera reforzada externamente Es la construccin de mampostera en donde el refuerzo se coloca dentro de una capa de revoque (paete) fijndolo al muro de mampostera mediante conectores y/o clavos y cumple con los requisitos descritos en D.12. Este sistema estructural se clasifica, para efectos de diseo sismo resistente, como uno de los sistemas con capacidad mnima de disipacin de energa en el rango inelstico (DMI).

Uso de la cal La cal que se utilice en la preparacin del mortero debe ser cal hidratada y se debe verificar que sta no sea perjudicial a ninguna de las propiedades especificadas.Agregados Los agregados para el mortero de pega deben cumplir la norma NTC 2240 (ASTM C144) y estar libres de materiales contaminantes o deleznables que puedan deteriorar las propiedades del mortero de pega.Agua El agua utilizada para el mortero de pega debe estar limpia y libre de cantidades perjudiciales de Aceite, cidos, alcoholes, sales, materias orgnicas u otras substancias que puedan ser dainas para el mortero o el refuerzo embebido. Se debe cumplir con lo establecido en C.3.4 de este Reglamento.Colorantes y aditivos Los colorantes y aditivos que se utilicen en la preparacin del mortero de pega deben someterse a la aprobacin previa del supervisor tcnico y debe demostrarse mediante realizacin de ensayos de laboratorio o evidencia confiable de obras similares, que no deterioran ninguna de las propiedades deseables del mortero ni de las unidades de mampostera, ni causan corrosin del refuerzo embebido.Preparacin en obra La preparacin del mortero de pega con las dosificaciones establecidas previamente, debe hacerse utilizando mezcladoras mecnicas apropiadas en seco o con el agua de amasado suficiente para obtener la plasticidad requerida. Cuando se mezclen los componentes en seco, la adicin de agua se debe realizar por el albail hasta obtener la plasticidad y consistencia requeridas. El tiempo de mezclado debe ser el suficiente para obtener uniformidad sin segregacin en la mezcla. La preparacin manual slo se admite para trabajos de obras menores no contempladas en A.1.6.1 de este Reglamento.Morteros mezclados en seco en obra Los morteros de pega mezclados en seco en la obra deben usarse antes de que se inicie la hidratacin del cemento por contacto con el agua natural de la arena. En ningn caso se pueden utilizar despus de 2 horas y media de haber sido mezclados, excepto los morteros de larga vida.

Morteros premezclados de larga vida Los morteros premezclados de larga vida, deben utilizarse de acuerdo con las instrucciones y dentro del tiempo especificado por el fabricante. Debe verificarse mediante ensayos que estos morteros no presentan deterioro de sus propiedades al momento de utilizarse.

Capitulo D.3: Curado de los muros en mampostera

Mampostera con unidades de concreto o slico-calcreas A este tipo de mampostera debe drsele proteccin contra la lluvia, el viento y la exposicin excesiva al sol durante los tres primeros das despus de pegar las unidades o de inyectar las celdas. Este tipo de mampostera no debe curarse mediante riego con agua; slo en el caso de que haya evidencia de deficiente hidratacin del mortero de pega se debe curar humedeciendo con brocha hmeda las juntas de mortero de pega teniendo cuidado de no humedecer las unidades de mampostera. Mampostera con unidades de arcilla Esta mampostera debe curarse proporcionando humedad y temperatura adecuadas durante por lo menos 7 das despus de pegadas las unidades o de inyectar las celdas.

Capitulo D.4: Mampostera de muros confinados

GeneralidadesClasificacin: Se clasifica como mampostera confinada aqulla que se construye utilizando muros de mampostera rodeados con elementos de concreto reforzado, vaciados posteriormente a la ejecucin del muro y que actan monolticamente con ste.

Resistencia Del Concreto:Tanto las columnas como las vigas de confinamiento se deben construir utilizando concreto cuya resistencia mnima a la compresin debe ser 17.5 MPa medida a los 28 das.

Capitulo D.5: Columnas de confinamiento

General: Se consideran columnas de confinamiento los elementos de concreto reforzado que se colocan en los dos bordes del muro que confinan y en puntos intermedios dentro del muro. Las columnas de confinamiento deben ser continuas desde la cimentacin hasta la parte superior del muro y se deben vaciar directamente contra el muro con posterioridad al alzado de los muros estructurales de cada piso.

Dimensiones Mnimas:Las dimensiones mnimas para los elementos de confinamiento debe ser las siguientes:Espesor mnimo: El espesor mnimo de los elementos de confinamiento debe ser el mismo del muro confinado. rea mnima: El rea mnima de la seccin transversal de los elementos de confinamiento es de 20 000 mm (200 cm).Ubicacin:Deben colocarse columnas de confinamiento en los siguientes lugares:(a) En los extremos de todos los muros estructurales.(b) En las intersecciones con otros muros estructurales.(c) En lugares intermedios a distancias no mayores de 35 veces el espesor efectivo del muro, 1.5 veces la distancia vertical entre elementos horizontales de confinamiento o 4 m.

Refuerzo mnimo:El refuerzo mnimo de la columna de confinamiento debe ser el siguiente:(a) Refuerzo longitudinal:No debe ser menor de 3 barras N 3 (3/8) o 10M (10 mm). El rea de refuerzo longitudinal debe ser mayor o igual a 0.0075 veces el rea de la seccin bruta del elemento, pero el refuerzo longitudinal no puede ser menor al requerido para atender los esfuerzos de diseo de acuerdo a D.10.7.(b) Refuerzo transversal:Debe utilizarse refuerzo transversal consistente en estribos cerrados mnimo de dimetro N 2 (1/4) o 6M (6 mm), espaciados a una separacin no mayor de 1.5 veces la menor dimensin del elemento, o 200 mm. En ningn caso, el refuerzo transversal puede ser menos que el requerido para atender los esfuerzos de diseo, de acuerdo con D.10.7.

Capitulo D.6: Vigas de confinamiento

General:Se consideran vigas de confinamiento los elementos de concreto reforzado que se colocan en la parte inferior y superior de muros confinados. Las vigas de amarre se vacan directamente sobre los muros estructurales que confinan. La viga de cimentacin se considera como una viga de amarre y debe cumplir los requisitos mnimos de las vigas de amarre.

Dimensiones mnimas:Las dimensiones mnimas para las vigas de confinamiento debe ser las Siguientes: Espesor mnimo: El espesor mnimo de las vigas de confinamiento debe ser el mismo del muro confinado. rea mnima: El rea mnima de la seccin transversal de los elementos de confinamiento es de 20 000 mm (200 cm). En caso de utilizarse una losa de entrepiso maciza de espesor superior o igual a 100 mm, se puede prescindir de las vigas de amarre en la zona ocupada por este tipo de losa, colocando el refuerzo requerido para la viga dentro de la losa. En vigas que requieran enchaparse, el ancho especificado puede reducirse hasta en 75 mm, siempre y cuando se incremente su altura, de tal manera que el rea transversal no sea inferior al mnimo.Ubicacin:Deben colocarse vigas horizontales de confinamiento en el arranque y en el remate del muro, en los entrepisos y a distancias libres verticales no mayores de 25 veces el espesor del muro. Las vigas deben disponerse formando anillos cerrados en un plano horizontal, entrelazando los muros estructurales en las dos direcciones principales para conformar diafragmas con ayuda del entrepiso o la cubierta. Deben ubicarse vigas amarres en los siguientes sitios:

(a) A nivel de cimentacin: El sistema de cimentacin constituye el primer nivel de amarre horizontal.(b) A nivel del sistema de entrepiso: Las vigas de amarre deben ser parte del sistema de entrepiso.(c) A nivel del enrase de cubierta: Se presentan dos opciones para la ubicacin de las vigas de amarre y la configuracin del diafragma:1. Vigas horizontales al nivel de dinteles ms cintas de amarre como remate de las culatas.2. Vigas de amarre horizontales en los muros sin culatas, combinadas con vigas de amarre inclinadas, configurando los remates de las culatas.

Refuerzo mnimo: El refuerzo mnimo de las vigas de amarre debe ser el siguiente:(a) Refuerzo longitudinal El refuerzo longitudinal no debe ser inferior a 3 barras N 3 (3/8) o 10M (10 mm), El rea de refuerzo longitudinal no puede ser menor a 0.0075 veces el rea de la seccin bruta del elemento. Para anchos inferiores a 110 mm, y en los casos en que el entrepiso sea una losa maciza, el refuerzo mnimo debe ser dos barras N9 4 (1/2) 12M (12 mm). En ningn caso, el refuerzo longitudinal puede ser menos que el requerido para atender los esfuerzos de diseo, de acuerdo con D.10.7.

(b) Refuerzo transversal El refuerzo transversal mnimo debe consistir en estribos cerrados N 2 (1/4) o 6M (6 mm), espaciados a distancias no mayores de 200 mm ni de 1.5 veces la menor dimensin del elemento. En ningn caso, el refuerzo transversal puede ser menos que el requerido para atender los esfuerzos de diseo, de acuerdo con D.10.7.

Capitulo D.7: Muros diafragma

GeneralidadesAlcance:Se consideran como muros diafragma aquellos muros continuos desde la cimentacin hasta el nivel superior de la edificacin, rodeados completamente por vigas y columnas de una estructura de concreto reforzado y que al estar en contacto pleno con ella la rigidizan de manera similar al efecto de diagonales concntricas dentro de un prtico con diagonales. Para que un muro pueda ser considerado como diafragma, aparte de lo anterior, se limita su denominacin a los muros sin aberturas ni juntas, de manera que el diafragma sea de un solo cuerpo.

Usos de la mampostera en muros diafragmaLimitaciones al uso:Este tipo de construccin no se permite para edificaciones nuevas, y su empleo solo se permite dentro del alcance del captulo A.10, aplicable a la adicin, modificacin o remodelacin del sistema estructural de edificaciones construidas antes de la vigencia de la presente versin del Reglamento, o en la evaluacin de su vulnerabilidad ssmica. Cuando se realicen adiciones, modificaciones o remodelaciones del sistema estructural de edificaciones existentes que contengan muros diafragmas, la verificacin y el diseo de estos elementos puede realizarse de acuerdo con los requisitos del presente Captulo.

Titulo F: Estructuras metlicas

Capitulo F.1: Requisitos Generales

Las normas contenidas en el Ttulo F de este Reglamento son aplicables al diseo de estructuras conformadas por elementos de acero o de aluminio, soldados, atornillados, o remachados.Capitulo F.2: Estructuras de acero con perfiles laminados, armados y tubulares

El Captulo F.2 es aplicable al diseo de estructuras conformadas por elementos de acero estructural en cuya fabricacin se utilicen perfiles laminados, perfiles armados o perfiles tubulares estructurales (PTE), incluyendo sistemas donde el acero y el concreto acten como una seccin compuesta. Este Captulo establece criterios para el diseo, la fabricacin y el montaje de edificios y otras construcciones de acero estructural, donde la denominacin otras construcciones comprende aquellas estructuras diseadas, fabricadas y montadas de forma semejante a los edificios y conformadas por similares elementos resistentes a cargas verticales y laterales. Cuando se presenten condiciones que no estn cubiertas por este Captulo, se permitir que los diseos se basen en pruebas o anlisis basados en criterios alternos, sujetos a la aprobacin de la Comisin Asesora Permanente para el Rgimen de Construcciones Sismo Resistentes.

Capitulo F.3: Provisiones ssmicas para estructuras de acero con perfiles laminado, armados y tubera estructural

Estos requisitos ssmicos especiales deben aplicarse conjuntamente con el Captulo F.2 y son aplicables al diseo, fabricacin y montaje de miembros y conexiones de los sistemas de resistencia ssmico, as como de los empalmes y las bases de columnas en sistemas para cargas de gravedad, en edificaciones con prticos resistentes a momento, prticos arriostrados y muros de cortante, construidos con perfiles de acero nicamente o con perfiles de acero actuando en forma compuesta con concreto reforzado. Los sistemas de resistencia ssmicos compuestos incluyen aquellos en los que por lo menos algunos miembros de perfiles de acero actan en seccin compuesta con concreto reforzado, as como sistemas en los cuales los perfiles de acero y miembros de concreto reforzado actan juntos para formar un sistema compuesto. Los miembros de concreto reforzado deben ser diseados de acuerdo con el Ttulo C de este Reglamento. Cuando el anlisis estructural se realice con base en un anlisis elstico, las propiedades de rigidez de los miembros en sistema compuesto o concreto reforzado deben reflejar la condicin de una fluencia significativa de la estructura, es decir, los elementos de concreto reforzado deben ser modelados con seccin fisurada, y los de acero con seccin completa, en cuyo caso se podr utilizar la reduccin en las derivas del numeral A.6.4.1.1. En caso de utilizarse la seccin completa del concreto, no se deber hacer dicha reduccin

Capitulo F.4: Estructuras de acero con perfiles de lmina formada en frio

Esta Especificacin debe aplicarse al diseo de miembros estructurales de acero de bajo carbono (acero dulce) o de baja aleacin, cuya seccin ha sido formada en fro, a partir de lminas, rollos, tiras, platinas o barras de espesor menor o igual a 25.4 mm (1 pulgada) y usados para sostener cargas en:(a) Edificios, en los que el diseo debe hacerse de acuerdo con las especificaciones del mtodo DCCR (Diseo con Coeficientes de Carga y Resistencia) o el mtodo DEA (Diseo por Esfuerzos Admisibles), donde se indique explcitamente1(b) Otro tipo de estructuras, distintas de edificios, teniendo en consideracin las condiciones generadas por los efectos dinmicos.

Capitulo F.5: Estructuras de aluminio

Este Captulo establece los requisitos para el diseo de miembros de aluminio de estructuras aporticadas, en celosa y de lmina rigidizada, conformados por elementos extruidos o laminados. Si se usan piezas coladas o forjadas en caliente, stas deben ser fabricadas y diseadas de acuerdo con normas apropiadas reconocidas, a juicio del Comisin Asesora Permanente para el Rgimen de Construcciones Sismo Resistentes, y en consulta con el fabricante especfico. En el presente Captulo no se emple el sistema de unidades internacional SI, por lo tanto las fuerzas estn en kgf y los esfuerzos en kgf/mm2. En aquellos trminos que se emplean en el presente Captulo, pero cuya definicin est en los Captulos F.1, F.2 o F.3, (en los cuales se emplea el sistema SI), cuando all se diga N debe interpretarse aqu como kgf, cuando all se diga MPa debe interpretarse aqu como kgf/mm2, y cuando all se diga N.mm debe interpretarse aqu como kgf.mm. Estos requisitos de diseo se dirigen a una gran variedad de aleaciones de aluminio apropiadas para uso estructural y pueden aplicarse a estructuras sujetas a condiciones atmosfricas normales tales como puentes, edificios, torres, vehculos de carretera y sobre rieles, naves marinas, gras y estructuras sobre cubierta ubicadas mar adentro. Las prescripciones no cubren aleaciones aeroespaciales, el diseo de detalles de piezas coladas, estructuras de cascarones curvos ni estructuras sujetas a condiciones trmicas o qumicas severas. No estn dirigidas al diseo de tanques de contencin, tuberas, estructuras que se muevan en el aire o embarcaciones, ni para ninguna otra aplicacin para la cual existan cdigos especficos de diseo, expedidos por entidades de reconocida autoridad.

Titulo G: Estructuras de madera y de guadua

Capitulo G.1: Requisitos generales

El Ttulo G de este Reglamento establece los requisitos de diseo estructural para edificaciones de madera. Una edificacin de madera diseada y construida de acuerdo con los requisitos del Ttulo G tendr un nivel de seguridad comparable a los de edificaciones de otros materiales que cumplan los requerimientos del Reglamento. Cuando este Reglamento se refiera a elementos, miembros o edificaciones de madera, se entender refirindose a una edificacin totalmente de madera o a miembros o a elementos que conforman una edificacin mixta en la cual la madera se combina con otros materiales, cobijados o no dentro del alcance de este Reglamento. Esta norma se puede complementar con la Norma Tcnica Colombiana NTC 2500 Uso de la Madera en la Construccin, publicada por el ICONTEC, Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin, la cual se ocupa de la madera como material de construccin y de los procesos industriales y tratamientos, as como de los requisitos de fabricacin, montaje, transporte y mantenimiento de elementos de madera. Se recomienda el uso simultneo de ambas normas, pero para todos los aspectos priman las normas del presente Reglamento.Capitulo G.2: Bases para el diseo estructural

Todos los elementos de una estructura debern ser diseados, construidos y empalmados para resistir los esfuerzos producidos por las combinaciones de cargas de servicio consignadas en B.2.3.1 del presente Reglamento, dentro de las limitaciones de deflexin estipuladas en G.3.2.1. Toda construccin de madera deber poseer un sistema estructural que se ajuste a uno de los cuatro tipos definidos en A.3.2 del presente Reglamento. El diseo estructural deber reflejar todas las posibles cargas actuantes sobre la estructura durante las etapas de construccin y servicio; adems de las condiciones ambientales como humedad o temperatura que puedan generar cambios en las suposiciones de diseo, o que puedan afectar la integridad de otros componentes estructurales. En el anlisis y diseo de las estructuras de madera debern respetarse los principios bsicos de la mecnica estructural, los requisitos bsicos de diseo consignados en A.3.1 de este Reglamento y los requisitos particulares que se encuentran relacionados en el presente Ttulo G. Los esfuerzos producidos por las cargas aplicadas sern calculados considerando los elementos como homogneos y de comportamiento lineal. En el diseo de estructuras de madera todos los clculos se harn con base en las dimensiones reales de los elementos utilizados, teniendo en cuenta las reducciones por secado y procesamiento de la madera. Las dimensiones indicadas en la tabla G.1.3-1 ya incluyen tales reducciones. Las provisiones de diseo estructural dadas en este Ttulo, se basan en que los materiales de construccin empleados, cumplen con los estndares de durabilidad, tratamientos, fabricacin, procesamiento, instalacin, control de calidad y adecuado uso y mantenimiento, mencionados en el Captulo G.11, en el Apndice G-B y en los captulos especficos donde se haga referencia a ellos, pero ser responsabilidad final del diseador los planteamientos de diseo utilizados para los elementos de madera y de sus conexiones en usos particulares. En ningn caso se deben utilizar estructuras de madera cuando la temperatura a la cual van a estar sometidas excede 659C.Capitulo G.3: Diseo de elementos solicitados por flexin

El diseo de elementos o miembros a flexin contiene los mismos parmetros bsicos usados en el diseo de vigas de otros materiales estructurales, pero su orden es diferente para el caso nuestro, ya que nuestras maderas latifoliadas, presentan una relacin MOR MOE , superior a la de las maderas del norte E.E.U.U y Europa, conferas. Es decir, nuestras maderas son ms flexibles y por lo tanto se deflectan ms, aparte de que los lmites de deflexin son ms rigurosos. Por las razones anteriores el diseo de elementos a flexin estar regido, salvo excepciones, por las deflexiones admisibles, y el chequeo se efectuar por flexin, cortante y aplastamiento. En el diseo de elementos o miembros a flexin se tendrn en cuenta los siguientes parmetros:(a) Deflexin(b) Flexin, incluyendo estabilidad lateral (c) Cortante (d) Aplastamiento Capitulo G.4: Diseo de elementos solicitados por fuerza axial

Sern diseados a fuerza axial aquellos elementos solicitados en direccin coincidente con el eje longitudinal que pasa por el centroide de su seccin transversal. Los esfuerzos actuantes, _ft _ y _fc _, generados por fuerzas axiales no debern exceder los esfuerzos admisibles, de tensin paralela al grano, _Ft _, y compresin paralela al grano, _Fc _, definidos en la tabla G.2.2-1, para el grupo de madera especificado, afectado por los correspondientes coeficientes de modificacin de la tablaCapitulo G.5: Diseo de elementos solicitados por flexin y fuerza axial

Capitulo G.6: Uniones

Las prescripciones de este Captulo se refieren a uniones clavadas, apernadas y hechas con tornillos tirafondos y tornillos golosos, grapas, planchas de acero y conectores de anillos partidos. Se aceptan otro tipo de uniones siempre y cuando los fabricantes y constructores cumplan con las normas aceptadas internacionalmente, mientras se establecen las correspondientes normas nacionales.Capitulo G.7: Diafragmas Horizontales y muros de corte

Las prescripciones de este Captulo se refieren a diafragmas horizontales y muros de corte, esto es, a los elementos que resisten fuerzas cortantes en su plano, habitualmente rectangulares y relativamente delgadas. Los muros de corte estn colocados verticalmente, como en paredes y tabiques, mientras que los diafragmas estn dispuestos horizontalmente, como en pisos o techos. El conjunto de diafragmas y muros de corte debern disearse para resistir adecuadamente las cargas laterales aplicadas, tales como las acciones de viento o sismo, adems de las cargas verticales gravitacionales que les correspondan. La capacidad resistente a cargas laterales de los diafragmas y muros de corte depende de la disposicin y distanciamiento del entramado, del tipo de revestimiento y de su sistema de fijacin. Puede calcularse con el mtodo de la longitud equivalente, descrito en G.7.3.6. Alternativamente pueden emplearse las prescripciones del Manual de Diseo para Maderas del Grupo Andino en su Captulo 10. Los diafragmas y muros de corte debern ser suficientemente rgidos para limitar los desplazamientos laterales, reducir la amplitud de vibraciones y proporcionar arriostramiento a otros elementos de la estructura, evitando su pandeo lateral. Las uniones de los diafragmas y muros de corte, entre s y con otros elementos, debern ser adecuados para resistir las fuerzas cortantes. En caso de existir aberturas en los diafragmas o muros de corte, stas debern reforzarse con elementos adicionales de igual seccin transversal a la de los elementos cortados. Los refuerzos se disearn y detallarn para transferir la totalidad de la fuerza cortante a los elementos que enmarcan.Capitulo G.8: Armaduras

Las cerchas o armaduras son componentes estructurales planos, de contorno poligonal, formados por triangulacin de elementos simples o compuestos que trabajan a tensin, compresin, tensin con flexin y flexo-compresin. Existe una gran variedad de configuraciones de cerchas para soporte de cubiertas y entrepisos. Las armaduras de cubierta constituyen una de las aplicaciones ms importantes de la madera como parte de sistemas de prefabricacin total o parcial. En el diseo de cerchas deben tenerse en cuenta los siguientes requisitos: Cargas, luz a salvar, apoyos, inclinacin del cordn superior, distribucin de miembros interiores, sistema de unin de los nudos, deflexiones, estabilidad lateral y separacin. Los requerimientos de este Captulo sern aplicables a todo tipo de armaduras y ser el diseador estructural el encargado de determinar las limitaciones de su aplicacin, en funcin de los aspectos mencionados en G.8.1.Capitulo G.9: Sistemas estructurales

El presente Captulo se refiere a la forma en que diferentes componentes de madera se combinan para formar sistemas estructurales que ofrezcan resistencia, estabilidad y confort a las edificaciones. Las normas aqu establecidas se aplican a edificaciones parcial o totalmente hechas con madera y sus derivados. El calculista deber verificar el comportamiento de vigas maestras, viguetas, alfardas, correas, separadores, riostras, tableros, entablados, paneles y dems elementos de soporte de la cubierta, del cielo-raso y de los entrepisos para asegurar su resistencia y estabilidad ante las solicitudes de carga. Para ello deber aplicar las normas contendidas en el presente Ttulo G, y dejar registro de los clculos efectuados.Capitulo G.10: Aserrado

El aserrado de madera para construccin deber hacerse preferencialmente con sierras de cinta sin fin o sierras circulares que aseguren una escuadra regular a lo largo del bloque o pieza aserrada obtenida.(a) En maderas difciles de aserrar con sistemas tradicionales se podrn dar mejores resultados si se introducen variables en la velocidad de las sierras o en la inclinacin de los dientes y ngulos de corte.(b) La madera deber aserrarse en corte radial, cuando se quieran piezas de uso estructural exigentes en estabilidad dimensional.(c) Los aserraderos debern producir la madera aserrada en largos que correspondan a la dimensin real comercializada ms 1% de la longitud. De la misma manera la escuadra o seccin transversal de los bloques y vigas deber corresponder en la prctica a la dimensin comercial ms una tolerancia de 0.5 cm en cada uno de los lados de la escuadra. Para secciones inferiores la medida real deber coincidir con la medida nominal. Para controlar distorsiones de concentracin de esfuerzos se debe producir el aserrado alternando los cortes entre ambos lados del tronco, lo que permite liberar progresivamente las tensiones.(d) Los aserraderos debern producir la madera aserrada en largos que correspondan a la dimensin real comercializada. De la misma manera la escuadra o seccin transversal deber corresponder en la prctica a la dimensin comercial. Para madera de aserro (bloques o tablones) la dimensin comercial deber corresponder a la dimensin real.(e) Las dimensiones de la madera aserrada debern darse en el sistema mtrico decimal, en metros para la longitud y centmetros para la seccin transversal.

Capitulo G.11: Preparacin, fabricacin, construccin, montaje y mantenimiento

Capitulo G.12: Estructuras de guadua

El presente capitulo establece los requisitos para el diseo estructural y sismo resistente de estructuras cuyo elemento resistente principal es el bamb Guadua angustifolia Kunth. Una estructura de guadua diseada de acuerdo con los requisitos de este Reglamento, tendr un nivel de seguridad equivalente al de estructuras diseadas con otros materiales. Los requisitos de este Captulo pueden ser utilizados para el diseo de elementos de estructuras construidas totalmente con guadua, o para estructuras mixtas de guadua y otros materiales. El diseo de construcciones para vivienda estar limitado a dos pisos, no se permitirn muros de mampostera o concreto en el nivel superior de las edificaciones. Esta norma no se podr utilizar para el diseo de ningn tipo de puente o estructuras diferentes de edificaciones, limitndose a aquellas cuyo uso sea vivienda, comercio, industria y educacin. Cuando se construyan estructuras con un rea superior a 2000 m2, se recomienda realizar una prueba de carga antes de darla en funcionamiento. Este Captulo se puede complementar con el Captulo E.7 Bahareque encementado, capitulo E.8 Entrepisos y uniones en bahareque encementado, y capitulo E.9 Cubiertas para construccin en bahareque encementado del Titulo E Casas de uno y dos pisos del presente Reglamento. Adems se podr complementar con las normas tcnicas colombianas NTC-5300 Cosecha y postcosecha del culmo de guadua angustifolia kunth, NTC 5301 Preservacin y secado del culmo de guadua angustifolia kunth, NTC 5407 Uniones de estructuras de guadua angustifolia kunth, NTC 5525 Mtodos de ensayo para determinar las propiedades fsicas y mecnicas de la guadua angustifolia kunth, publicadas por el Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin ICONTEC. Adems, en su redaccin, se utiliz como material base las guas de diseo para estructuras de guadua angustifolia kunth, de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogot. Se recomienda el uso complementario de las normas citadas, pero en todo caso siempre primar lo expuesto en el presente capitulo.

BibliografaMinisterio de Ambiente, V. y. (2010). NSR10. Diario Oficial.

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