2015,}lOO de José 'Maria 'More{osy Pavón.

11
"2015,}lOO de José 'Maria 'More{os y Pavón". H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA Comisiones 'Unidas de Educacion y Cultura y Primera de yo6emación y Puntos Constitucionales Contemplado desde el artículo 2 hasta el 12 de la ley vigente, respetándose todo el contenido. CAPíTULO TERCERO.- DEL ESCUDO DEL ESTADO. Se agrega un artículo nuevo y se incorpora el contenido del Decreto No. 664-83-8 P.E., modificando el orden sin alterar su contenido. CAPíTULO CUARTO.- DE LAS COMPETENCIAS y SANCIONES. Se reforman los numerales 13 y 14 de la ley vigente y agregando un artículo nuevo. De lo antes expuesto, la técnica legislativa nos permite facilidad en aspectos prácticos que son necesarios para la redacción, composición y elaboración de las leyes en general. Por lo que es una manera adecuada en consolidar en 4 capítulos para mayor comprensión. v.- En virtud de esto, los integrantes de estas Comisiones Unidas consideramos la pertinencia de dicho cambio, pues tanto el Himno como el Escudo son elementos creados para resguardar y enaltecer el legado histórico del Estado, por lo tanto, la reforma beneficia a los ciudadanos para consolidar el respeto a los símbolos de nuestro Estado. E~11i~~L~~~j¡~t~~(~~~bertad #9 I Tel:(614) 4123200 I 018002206848 Centro Chihuahua, Chih. CP. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx p . LXIV LEGISLATURA

Transcript of 2015,}lOO de José 'Maria 'More{osy Pavón.

"2015,}lOO de José 'Maria 'More{osy Pavón".

H. CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA

Comisiones 'Unidas de Educacion y Cultura y Primera de yo6emación y PuntosConstitucionales

Contemplado desde el artículo 2 hasta el 12 de la ley vigente, respetándose todo el

contenido.

CAPíTULO TERCERO.- DEL ESCUDO DEL ESTADO.

Se agrega un artículo nuevo y se incorpora el contenido del Decreto No. 664-83-8 P.E.,

modificando el orden sin alterar su contenido.

CAPíTULO CUARTO.- DE LAS COMPETENCIAS y SANCIONES.

Se reforman los numerales 13 y 14 de la ley vigente y agregando un artículo nuevo.

De lo antes expuesto, la técnica legislativa nos permite facilidad en aspectos prácticos

que son necesarios para la redacción, composición y elaboración de las leyes en

general. Por lo que es una manera adecuada en consolidar en 4 capítulos para mayor

comprensión.

v.- En virtud de esto, los integrantes de estas Comisiones Unidas consideramos la

pertinencia de dicho cambio, pues tanto el Himno como el Escudo son elementos

creados para resguardar y enaltecer el legado histórico del Estado, por lo tanto, la

reforma beneficia a los ciudadanos para consolidar el respeto a los símbolos de nuestro

Estado.

E~11i~~L~~~j¡~t~~(~~~bertad #9 I Tel:(614) 4123200 I 018002206848Centro Chihuahua, Chih. CP. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx

p . LXIVLEGISLATURA

"2015, JIño áe José 'Maria 'Marerosy Pavón".

H. CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA

Comisiones 'Unidas de 'Educacum y Cultura y CFnmerade 906ernación y (]JuntosConstitucumales

En cuanto a los artículos 15 y 17 segundo párrafo de la Iniciativa, se tienen por

satisfechas en razón del contenido del artículo 20 relativo a las competencias y

sanciones.

Diversas entidades federativas regulan el uso del Himno y Escudo en una sola norma.

Aguascalientes en su "Ley sobre el Escudo y el Himno"; Baja California en "Ley que

regula el Uso y Fomento del Escudo y Canto del Estado Libre y Soberano de Baja

California"; Chiapas en "Ley del Escudo e Himno"; Coahuila "Ley sobre el Escudo del

Estado de Coahuila y el Himno Coahuilense"; Durango en "Ley sobre el Escudo, la

Bandera y el Himno del Estado"; Estado de México en "Ley sobre el Escudo y el Himno

del Estado"; Tamaulipas en "Ley del Escudo de Armas y del Himno", y finalmente la Ley

sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

De éste último se hace mayor hincapié, pues su estructura sirve de base para rectificar

que la fusión de estos dos símbolos es trascendental para los ciudadanos.

Lo estipulado por la Ley nacional de la materia, la Bandera y el Himno Nacionales, son

los Símbolos Patrios de los Estados Unidos Mexicanos. La presente Leyes de orden

público y regula sus características y difusión, así como el uso del Escudo y de la

Bandera, los honores a esta última y la ejecución del Himno.

El Colegio de Defensa Nacional define la identidad nacional como "la conciencia social

que da sentido de equivalencia y pertenencia de individuo y su comunidad con el

Estado Nacional, y se diferencia de otros Estados. Raúl Béjar Navarro la define como la

p~ LXIVLEGISLATURA

SSTL/LMSR/GTNjDMR /EdificIo Legislativo: C. Libertad #9. .... Tel: (614) ~12 3200 I 01 8002206848

Centro Chihuahua, Chih. C.P. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx

"2015, _Año de José :Maria :More[os y Pavón".

H. CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA

Comisiones 'Unidas de Educacián y Cuftura y Primera de (jo6ernación y PuntosConstit ucio na {es

sensibilidad afectivo- emocional que produce el apropiarse del pasado, del presente y

del futuro de una nación; el correr su misma suerte histórica y que pudiera describirse

como orgullo de ser parte de esas experiencias colectivas de la cultura y de la vida en

grupo, sean positivas o negativas y de expresarlas como un conjunto de actitudes de

solidaridad y de lealtad a los símbolos de la unidad colectiva del grupo nacional". 2

Finalmente es relevante hacer hincapié en las características del Escudo, en relación al

nombre de "ESTADO DE CHIHUAHUA", que en muchas ocasiones es costumbre

aparezca abreviado; sin embargo, a juicio de la Iniciativa en estudio, argumentos con

los que coincide esta Comisión resulta más adecuado se respete la denominación

íntegra, tal como lo establece el Decreto que le da origen y de la nueva Ley del Himno y

el Escudo del Estado de Chihuahua.

El amor a la patria es la piedra angular del buen ciudadano. La importancia que tienen

los símbolos patrios en una sociedad ya sea en los tres niveles de gobierno,

trascienden en todos los aspectos, pues son una influencia sobre el actuar de los

habitantes, ya que nos otorgan identidad por la adquisición de valores éticos y morales

y a la vez representan la soberanía de una nación pues describen la historia del mismo.

2 http://www.sedena.gob.mx/pdf/art int/identi nal segnal.pdf

SSIL/LMSR/GTNjDMR /EdificIO Legislativo: C. Libertad #9 Tel: (614) 4123200 I 01 8002206848

Centro Chihuahua, Chih. C.P. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx

p . LXIVLEGISLATURA

"2015, Año de José :Maria :More[osy Pavón".

H. CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA

Comisiones Unidas de <Educación y Culiura y CPrimerade qo6ernación y CJ'untosConstitucionaies

IV.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, las Comisiones Unidas de Educación y

Cultura y Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, con fundamento en los

Artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado, nos permitimos proponer a esta

Honorable Asamblea el siguiente proyecto con carácter de

DECRETO

ARTíCULO ÚNICO.- Se cambia la denominación de la Ley del Himno del Estado de

Chihuahua para quedar como "Ley del Himno y el Escudo del Estado de Chihuahua"; se

REFORMAN sus artículos 1, 13 Y 14 Y se le ADICIONAN los Capítulos Primero,

Segundo, Tercero y Cuarto, así como los artículos 15, 16, 17, 18, 19 Y 20, para quedar

redactada de la siguiente manera:

lEY DEL HIMNO Y EL ESCUDO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

CAPíTULO PRIMERO

DE LOS SíMBOLOS DEL ESTADO.

Artículo 10._ El Himno y el Escudo de Chihuahua son símbolos del Estado. La

presente Leyes de orden público e interés general y de observancia obligatoria. Su

objeto versa sobre las características, uso, difusión y reproducción del Himno y el

Escudo representativos del Estado de Chihuahua.

SSIL/LMSRjGTNjDMR /¡::dificlOLegislativo: C. Libertad #9 Tel: (614) 4123200 I 018002206848

Centro Chihuahua, Chih. C.P.31000 www.congresochihuahua.gob.mx

p . LXIVLEGISLATURA

- "2015, flño áe José :Maria :More(osy q>av6n".

H. CONGRESO DEL EsTADf!)omisiones 'Unidas de P.áucacióny Cu[turay C"Primerade r;o6ernacióny CFuntosDE CHIHUAHUA ':f

(xmstitudonales

CAPíTULO SEGUNDO

DEL HIMNO DEL ESTADO.

Articulo 2° aI12 .....

CAPíTULO TERCERO

DEL ESCUDO DEL ESTADO.

Articulo 13... El Escudo del Estado es insignia o distintivo propio del Estado de

Chihuahua.

Articulo 14...El Escudo del Estado de Chihuahua tiene las siguientes

caracteristicaa:

1. Escudo gótico, media ojiva inferior rebasada y corte abovedado en la parte

superior; clrcúndalo bordura de campos de gules y letras de plata con la

siguiente leyenda: ESTADO DE CHIHUAHUA, en la parte superior; a los

lados laa palabras VALENTíA, lEALTAD, HOSPITALIDAD; en cada uno

de los vértices superiores una flor de manzano;

11. El centro del Eacudo se divide en tres secciones desiguales, limitadas por

un filete dé hojas de laurel sinople, quedando en la Sección Jefe, en oro,

en primer término a la diestra, un malacate de minas; al centro, antiguo

SSJL/LMSR/GTN/DMR Página 17

Edificio Legislativo: C. Libertad #9 / Tel: (614) 4123200 / 01 8002206848Centro Chihuahua, Chíh. C.P. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx LXIV

l.E( ,ISLAI L¡{A

"2015, }lño áe José 5l1aría 5l1ore[os y Pavón ".

H. CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA

Comisiones Unidas de Educacum y Cu[tura y Primera de qo6ernación y PuntosConstitucionaies

acueducto truncado y a la siniestra un mezquite; detrás de estas figuras,

en segundo término, sobre campo azur están los cerros de El Coronel,

Santa Rosa y Grande;

111.La sección media sobre campo de dieciséis cuarteles alternados de plata y

gules; a la diestra, la cabeza de un soldado español de barba cerrada, de

perfil con vista al centro, tocando un morrión y gorguera; en la media

siniestra la cabeza de una india tarahumara tocada con una venda roja

que ciñe la parte superior de la cabeza, sujetándole el pelo que cae a la

altura de los hombros. Los dos medallones de oro, y

IV. En la sección inferior o punta, la fachada de la catedral de Chihuahua, en

oro, sobre campo azur.

Artículo 15.- Compete a la Secretaría General de Gobierno la debida difusión del

Escudo.

Artículo 16.- Toda reproducción del Escudo de Chihuahua deberá guardar

fielmente las características descritas en el artículo 14.

Artículo 17.- El Escudo podrá figurar en los elementos de identificación de los

vehículos oficiales, en medallas oficiales, sellos, papel oficial y similares,

expedidos o utilizados por cualquiera de los Poderes del Estado o por los

Ayuntamientos de la Entidad.

SSJL/LMSR/GTN/DMR /Edificio Legislativo: C. Liberta<:l.#9.. ... .. Tel: (614)412 3200 / 01 8002206848

Centro Chihuahua, Chih. CP. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx

.LXIV

LEC ISLATU RA

"2015, jlño áe José :María :Morerosy 'l'avón",

H. CObkG~~i~g;~0~TADOComisiones Unidas áe P,áucación y CuCtura y Primera áe qo6emación y CFuntosConstitucionaCes

CAPíTULO CUARTO

DE LAS COMPETENCIAS y SANCIONES.

Articulo 18...Compete a la Secretaría General de Gobierno vigilar el cumplimientode la presente l.eYi en esa función serán sus auxiliares todas las autoridadesestatales y municipales de la Entidad, quedando a cargo de las autoridadeseducativas vigilar su cumplimiento en los planteles escolares.

Articulo 19." l.as contravenciones a la presente Ley que impliquen desacato ofalta de respetola los simbolos del Estado de Chihuahua, se castigar', según sugravedad y la condición del infractor, con multa hasta por el equivalente adoscientos cincuenta veces la unidad de medición y actualización o con arrestohasta por treinta y seis horas. Procederá la sanción de decomiso pata losarticulos que reproduzcan ilícitamente los símbolos del Estado de Chihuahua.

Si la infracción es cometida por un servidor público o este consiente o intervieneen la ejecución de la misma, la multa se duplicará.

SSJL/LMSR/GTN /DMR Página 19

Edificio Legislativo: C. Libertad #9 / Tel: (614) 4123200 I 01 8002206848Centro Chihuahua, Chih, C.P. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx LXIV

LEGISLATURA

"2015, jlño áe José 9.1.aria 9.1.ore{os y <Pavón".

H CONGRESO DEL ESTADO Comisiones Unidas de Educacián y Cu[turay (primera áe ~o6emacióny iñmtosDE CHIHUAHUA '::J(imstitudonaies

Articulo 20.- El procedimiento para la aplicación de las sanciones previstas en

este Capitulo, tratándose de multas, se realizará de oficio a través de la

Contraloria del Estado o a solicitud de cualquier ciudadano.

TRANSITORIOS

ARTicULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de supublicación en el Periódico Oficial del Estado.

ARTicULO SEGUNDO.- El la medida de las posibilidades presupuestales yadministrativas, cada dependencia irá adoptando el nuevo diseño sin destinar recursospresupuestales extraordinarios para tal efecto.

ARTicULO TERCERO.- Se abroga el Decreto No. 664-83-8 publicado en el PeriódicoOficial del Estado con fecha 23 de febrero de 1983.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría a efecto de que elabore laminuta de Decreto en los términos que corresponda.

DADO En el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la Ciudad de Chihuahua,Chih., a los diecisiete dlas del mes de diciembre del año dos mil quince.

SSJL/LMSR/GTN/DMR Página 20

Edificio Legislativo: C. Libertad #9 / Tel: (614) 4123200 I 01 8002206848Centro Chihuahua. Chíh. C.P.31000 www.congresochihuahua.gob mx LXIV

LEGISLATUI{A

H. CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA

"2015,}lño de José 'María 'More[os y Pavón",

Comisiones Unidas de Educacián y Culiura y Primera de qo6ernación y PuntosConstitucionaies

POR LA COMISIONES UNIDAS DE EDUCACiÓN y CULTURA y PRIMERA DE

GOBERNACiÓN y PUNTOS C NALES

GUSTAVO MARTíNEZ AGUIRRE

SECRETARIO

GALVÁN

DIP. MARíA EUGENIA CAMPOS

DEL HIERRO

VOCAL VOCAL

SSJL/LMSR/GTN/DMREdificio Legislativo: C. Libertad #9

Centro Chihuahua, Chih. C.P. 31000

pTel: 4123200 I 01 8002206848

www.congresochihuahua.gob.mx, LXIVLEGlSLArURA

H. CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA

"2015,)lña le José ::María ::Morerosy Pavón".

Comisiones Unidas de Educacum y Cultura y Primera de (jo6ernación y PuntosConstitucionales

DIP. HÉCTOR HUGO AVITIA CORRAL

VOCAL

V CAL

VOCAL

jL: /l ~~.DIP. JESÚ~DíAZ MONÁRREZ

VOCAL

Esta hoja de firmas corresponde al dictamen que recae sobre la Iniciativacarácter de Decreto. presentada por el Diputado a la Sexagésima ClLegislatura. Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción NacicElias Humberto Pérez Mendoza. por medio de la cual propone cambiédenominación de la Ley del Himno del Estado de Chihuahua. para titularla'del Himno y Escudo del Estado de Chihuahua". así como diversas reformadiciones a la presente ley.

p~ESd~Ji~{oL~e~~~~t:(Dc~~bertad#9 I Tel: 4123200 I 018002206848Centro Chihuahua, Chih. C.P. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx

LXIVLEGISLATURA

H. CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA

"2015,}lño de José :María :More[os y Pavón".

Comisiones 'Unidas de 'Iiducacion y Cuftura y Primera de yo6ernación y PuntosConstitucionales

Fecha de aprobación por la Comisión: I ~ de~de;

Aprobado por: /unanimidad __ mayoría

Votos a favor: 5.Votos en contra: O

Abstenciones: ()

~~Ji~{oL~e~~~t~~/~~~bertad #9 / }"elj611) 4123200 I 018002206848Centro Chihuahua, Chih. C,P. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx

.

LXIVLEC¡SLArURA