RECURRENTE: FRANCOISE TREJO VILCHIS · FRANCOISE TREJO VILCHIS ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN TLALPAN...
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RECURSO DE REVISIÓN
RECURRENTE: FRANCOISE TREJO VILCHIS
ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN TLALPAN
EXPEDIENTE: RR.708/2009
Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.
Teléfono: 5636 21 20
En México, Distrito Federal, a siete de octubre de dos mil nueve.
VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número RR.708/2009,
relativo al recurso de revisión interpuesto por la C. Francoise Trejo Vilchis, en contra de
la respuesta emitida por la Delegación Tlalpan, se formula resolución en atención a los
siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. El veinte de agosto de dos mil nueve, la C. Francoise Trejo Vilchis interpuso ante este
Instituto recurso de revisión en contra de la respuesta emitida por la Delegación Tlalpan,
el veinte de agosto del mismo año, a través del sistema electrónico INFOMEX, con
motivo de la solicitud de información que se tuvo por presentada el nueve de julio del
mismo año, a la cual correspondió el folio 0414000103809, en la que solicitó:
Lista de las personas que el ex delegado Guillermo Sánchez Torres haya designado como funcionarios, trabajadores o empleados de la Delegación Tlalpan haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 117, fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, desde el 1° de junio de 2008 a la fecha.
Sírvase indicar el número de oficio con el que hizo cada una de las designaciones, el nombre del ciudadano designado, y el cargo al que se le designa.
Datos para facilitar su localización Lic. Juan Manuel López Ramírez Director General de Administración
El Ente Público respondió dicha solicitud de información, el veinte de agosto de dos mil
nueve, a través del sistema electrónico INFOMEX, de la siguiente forma:
… Respuesta Información Solicitada
Se adjunta archivo.
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Archivos adjuntos de respuesta …
El archivo adjunto contiene una relación de nombres, que a continuación se enlistan:
ESTRUCTURA NOMBRE
ALVAREZ CASTILLO EDGAR VALENTE ANTONIO ORTIZ CONTRERAS
PLAÑÍS ORTIZ ALEJANDRO VÍCTOR MANUEL HERNÁNDEZ CORONA
AVINES ALFARO JOSÉ FEDERICO EMILIA CANTU ALVARADO
CHAVEZ CORDOVA JOSÉ SERGIO ARACELI GARCÍA GARCÍA
ESCOBEDO PÉREZ JOSÉ JESÚS GUILLERMO RAMÍREZ ZAMORA
NUÑEZ CARMONA BERNARDO JOSE GERARDO ROMÁN URBANO
OLMOS AYALA OSWALDO ALEJANDRA ARACELI AGUIRRE SOSA
ONTIVEROS SÁNCHEZ DE LA BARQUERA MARÍA DE LOURDES MARGARITA
FRANCISCO MARTÍNEZ MENDOZA
PÉREZ RAMÍREZ GABRIELA JAZMÍN LORENZO GARCÍA GÓMEZ
VÁZQUEZ ZAPATA ALAN IVAN MARELVY ISABEL BERRIO GÓMEZ
HERNÁNDEZ VÁZQUEZ LUIS ALBERTO EZEQUIEL GABRIEL CAMACHO GONZÁLEZ
GONGORA ESTEBAN DILIAM GUADALUPE JESÚS MARIO CHAVEZ MEJIA
JOSÉ JESÚS ESCOBEDO PÉREZ JUAN MANUEL CHOLULA CAMBRAY
ERICK IVAN FLORES HARO MATEO DE LA SERNA GARCÍA
RODOLFO VICENTE HERRERA MORO JIMÉNEZ RICARDO GALINDO MARTÍNEZ
MARTHA LÓPEZ GARCÍA MARÍA GABINA ELOÍNA GONZÁLEZ CASTRO
NAZARIO MARTÍNEZ OLMEDO LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ VÁZQUEZ
JUAN CARLOS NAJERA RAMOS SANTOS JAIME HÉCTOR LÓPEZ ZARZA
JESÚS ANTONIO OROZCO GONZÁLEZ NAZARIO MARTÍNEZ OLMEDO
ALEJANDRO SERRANO CORTES JOSÉ ANTONIO NAVA FLORES
JOSÉ LUIS TORRES ARELLANO JOSÉ ANTONIO OLVERA ANCANTARA
JOSÉ BENITO CEFERINO ZITLE CAMELA JOSÉ FEDERICO PINA MENDIETA
ARTURO CONTRERAS BONILLA JESÚS RENDONDIRCIO
ISRAEL BALLESTEROS RAMÍREZ RUTILO SÁNCHEZ GONZÁLEZ
ÓSCAR MANUEL RIVERA SÁNCHEZ MARÍA TERESA SUAREZ CASTRO
SONIA ELENA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ JUAN CARLOS TRILLO DOMÍNGUEZ
CRECENCIO MONDRAGON FLORES ALFONSO UBALDO BOCANEGRA
CAMILA CARRION AMBRIZ ERENDIRA AGUIRRE SOSA
MARÍA ALEJANDRA GUERRERO MARTÍNEZ BERTHA REGINA ALAVEZ MAGAÑA
CARLOS MENDOZA CERVANTES JESÚS BENITEZ GARCÍA
VALENTE ANTONIO ORTIZ CONTRERAS BERNARDO NUÑEZ CARMONA
VÍCTOR MANUEL HERNÁNDEZ CORONA MELESIO VENTURA GONZÁLEZ CHAVEZ
EMILIA CANTU ALVARADO EDUARDO GRECO GUTIÉRREZ MÉNDEZ
ERASMO LÓPEZ HERNÁNDEZ
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En su escrito inicial, e particular manifestó lo siguiente:
… 3. Acto o resolución impugnada… Respuesta incompleta e informal de la Delegación Tlalpan a mi solicitud de información pública (20/08/09)
4. Ente público responsable del acto o resolución que impugna Delegación Tlalpan … 6. Descripción de los hechos en que se funda la impugnación Solicité la lista de las personas contratadas o designadas para cargos oficiales personalmente por el Delegado Guillermo Sánchez Torres en un cierto periodo de tiempo.
La respuesta me llegó en un archivo sin firma, ni membrete, ni fecha ni ningún otro identificador.
No tiene toda la información solicitada, sino solamente una lista de 64 nombres que ni siquiera está numerada.
Falta el resto de la información que yo pedía.
“Sírvase indicar (1) el número de oficio con el que hizo cada una de las designaciones, (2) el nombre del ciudadano designado, y (3) el cargo al que se le designa.”
Se puede decir que de estas tres cosas, solamente atiende a la segunda pero a falta de las otras dos, ni siquiera ésta es confiable.
7. Agravios que le causa el acto o resolución impugnada Trata mi derecho a la información (consagrado por la LTAIPDF) con negligencia y poco aseo. Lo atiende fuera de tiempo y de forma. Y sobre todo, oculta parte de la información. El funcionario que responde, no se identifica. …
II. Por acuerdo del veintiuno de agosto de dos mil nueve, la Dirección Jurídica y
Desarrollo Normativo de este Instituto admitió a trámite el recurso de revisión, así como
las pruebas obtenidas del sistema electrónico INFOMEX, en relación con la solicitud de
información con folio 0414000103809, que se describen a continuación:
Impresión de la pantalla “Módulo estadístico del sistema INFOMEX 2”
Impresión del “Acuse de recibo de solicitud de acceso a la información pública”.
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Impresión de las pantallas “Avisos del sistema, que contiene los pasos “1. Buscar mis solicitudes”, “2. Resultados de búsqueda” y “3. Historial de la solicitud”; “Documenta la respuesta de información vía INFOMEX”, “Confirma respuesta de información vía INFOMEX”, “Acuse de información vía INFOMEX”, “Acuse de información entrega vía INFOMEX”, “Recibe información vía INFOMEX” y “Proceso finalizado”.
Impresión de relación de sesenta y cuatro nombres
Asimismo, con fundamento en el artículo 80, fracción II, de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se requirió el informe de ley a la
autoridad responsable. Dicho acuerdo fue notificado al recurrente, el veinticuatro de
agosto de dos mil nueve, a través de la dirección de correo electrónico autorizado para
tal efecto.
III. Mediante el oficio INFODF/DJDN/654/2009, notificado el veinticinco de agosto de
dos mil nueve, se requirió a la autoridad responsable el informe de ley a que se refiere
el artículo 80, fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Distrito Federal.
IV. El uno de septiembre de dos mil nueve, se recibió en la Oficialía de Partes de este
Instituto el oficio OIP/2009/798, de la misma fecha, suscrito por el Encargado de la
Oficina de Información Pública de la Delegación Tlalpan, en los siguientes términos:
…
1.- Que con fecha 20 de Agosto del presente año fue turnado mediante sistema Infomex al área correspondiente a fin de atender la solicitud de información con número de folio 0414000103809.
2.- Sin embargo con fecha 25 de Agosto de 2009 es recibido en esta Oficina de Información Pública, el Acuerdo de inicio de trámite del Recurso de Revisión interpuesto por la ahora recurrente, mediante Oficio numero INFODF/DJDN/654/2009, de fecha 21 de Agosto de 2009.
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3.- Por lo que mediante Oficio OIP/2009/779 de fecha 26 de Agosto del presente año se requiere a la Dirección General de Administración (del cual se anexa copia), a fin de que realice una nueva búsqueda en sus archivos con la finalidad de proporcionar al ahora recurrente, una respuesta debidamente fundada y motivada que atienda todos y cada uno de los puntos solicitados, así como las constancias que considere pertinentes para acreditar tal respuesta, otorgándole un término especifico a fin de atender dicho asunto de inmediato.
4.- A lo que con fecha 01 de Septiembre de 2009 es recibido en esta Oficina de Información Pública, por el Director General de Administración Juan Manuel López Ramírez, la correspondiente contestación mediante Oficio DT/DGA/2232/2009 de fecha 31 de Agosto del presente año, consistente de tres fojas útiles así como los diversos anexos que a continuación se detallan; Copia del Oficio DT/DGA/1677/2009 de fecha 9 de Julio de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/1769/2009 de fecha 20 de Julio de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/DRH/2415/2009 de fecha 20 de Julio de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/1790/2009 de fecha 18 de Junio de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/188512009 de fecha 03 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/197012009 de fecha 10 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/DRH/2615/2009 de fecha 03 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/2011/2009 de fecha 13 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/2090/2009 de fecha 19 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/2208/2009 de fecha 28 de Agosto de 2009 y DT/DGA/DRH/2845/2009 de fecha 28 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/2233/2009 de fecha 31 de Agosto de 2009, Relación del personal designado de estructura consistente en tres fojas útiles así como los Oficios de designación de cada uno de los cargos detallados en el listado que se anexa consistentes en 56 fojas útiles (de los cuales se anexan copias).
5.- Así mismo con fecha 01 de Septiembre de 2009, le es debidamente notificada dicha documentación al recurrente Francoise Trejo Vilchis, a través de la dirección de correo electrónico ... (Del cual se anexa copia)
PRUEBAS
A. Oficio OlP/2009/779 de fecha 26 de Agosto del presente año donde se requiere a la Dirección General de Administración.
B. Oficio DT/DGA/2232/2009 de fecha 31 de Agosto del presente año, signado por Director General de Administración Juan Manuel López Ramírez, donde emite la correspondiente contestación (consistente de tres fojas útiles) así como los diversos anexos que a continuación se detallan: Copia del Oficio DT/DGa/1677/2009 de fecha 9 de Julio de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/1769/2009 de fecha 20 de Julio de 2009, Copia del; Oficio DT/DGA/DRH/2415/2009 de fecha 20 de Julio de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/DRH/1790/2009 de fecha 18 de Junio de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/188512009 de fecha 03 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/1970/12009 de fecha 10 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/DRH/2615/2009 de fecha 03 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/2011/2009 de fecha 13 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/2090/2009 de fecha 19 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/2208/2009 de fecha 28 de
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Agosto de 2009 y DT/DGA/DRH/2845/2009 de fecha 28 de Agosto de 2009, Copia del Oficio DT/DGA/2233/2009 de fecha 31 de Agosto de 2009, Relación del personal designado de estructura consistente en tres fojas útiles así como los Oficios de designación de cada uno de los cargos detallados en el listado que se anexa consistentes en 56 fojas útiles.
C. Notificación realizada al recurrente a través de la dirección de correo electrónico ..., de fecha 01 de Septiembre de 2009.
D. Instrumental de Actuaciones, en todo lo que favorezca a este ente público. …
En dicho informe, el Ente Público ofreció como pruebas las siguientes:
Acuse del oficio OIP/2009/779, del veintiséis de agosto de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración de la Delegación Tlalpan.
Acuse del oficio DT/DGA/2232/2009, del treinta y uno de agosto de dos mil nueve, dirigido al Encargado de la Oficina de Información Pública de la Delegación Tlalpan,, en el cual se expresó lo siguiente:
Dicha información fue atendida de manera parcial en el plazo establecido, mediante archivo adjunto en el sistema INFOMEX, en el cual se envía copia del oficio DT/DGA/DRH/2415/2009, suscrito por el C. Alejandro Serrano Cortés, Director de Recursos Humanos, en donde envía lista de funcionarios nombrados por el Jefe Delegacional haciendo uso de sus facultades previstas en el artículo 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Sin embargo, y a fin de no incurrir en alguna de las causales de omisión de información que pudiese desencadenar sanciones en los términos de los Artículos 75 y 76 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, nuevamente se envía en medio impreso copia de los documentos que a continuación se señalan así como exposición de motivos por los cuales se envía dicha información. a. Copia del oficio DT/DGA/1677/2009, de fecha 9 de julio del presente, suscrito por el
Lic. Juan Manuel López Ramírez, Director General de Administración, mediante el cual envía copia de la solicitud de información 0414000103809 al C. Alejandro Serrano Cortés, Director General de Administración, mediante el cual se otorga un término que no exceda del 16 de julio del mismo, para la atención de dicha solicitud.
b. Copia del oficio DT/DGA/1769/2009, de fecha 20 de julio del 2009, suscrito por el Lic. Juan Manuel López Ramírez, Director General de Administración, mediante el reitera la atención a la información requerida respecto de la solicitud en cuestión.
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c. Copia del oficio DT/DGA/DRH/2415/2009, de 20 de julio de presente mediante el cual el C. Alejandro Serrano Cortés, envía listado de personal nombrado por el C.P. Guillermo Sánchez Torres en uso de las facultades otorgadas conforme al artículo 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal
d. Copia del oficio DT/DGA/l790/2009, del 18 de junio de 2009, mediante el cual en alcance al similar DT/DGA/l677/2009 el Lic. Juan Manuel López Ramírez solicita indicar el número de oficio así como nombre y cargo del ciudadano asignado por el C. Jefe Delegacional correspondiente al periodo del 1 de junio de 2008 a la fecha, lo anterior, debido a la entrega parcial de la información solicitada señalando como término de presentación de la misma el 28 de julio del 2009.
e. Copia del oficio DT/DGA/l885/2009, de fecha 3 de agosto del 2009, suscrito por el Lic. Juan Manuel López Ramírez, Director General de Administración, mediante el cual reitera la atención total de la información requerida respecto de la solicitud en cuestión, instruyendo la entrega de la misma en un plazo no mayor a las 10:OO horas del día 5 de agosto del presente.
f. Copia del oficio DT/DGA/l970/2009, de fecha 10 de agosto del 2009, suscrito por el Lic. Juan Manuel López Ramírez, Director General de Administración, mediante el cual reitera por segunda ocasión la atención total de la información requerida.
g. Copia del oficio DT/DGA/DRH/2615/2009, de fecha 3 de agosto del 2009, signado por el C. Alejandro Serrano Cortés, Director de Recursos Humanos, mediante el cual informa que tras realizar una búsqueda minuciosa en los archivos de su Dirección, no se encontró el oficio solicitado
h. Copia del oficio DT/DGA/2011/2009, de fecha 13 de agosto del presente mediante el cual el Lic. Juan Manuel López Ramírez hace del conocimiento al C. Alejandro Serrano Cortés que de conformidad con el numeral 1.3.11 de la Circular Uno Bis, la responsabilidad de expedición de nombramientos de personal por parte del C. Jefe Delegacional, así como la obligación explícita en la normatividad del área de Administración de Personal para el resguardo de los mismos. De la misma manera, se instruye atender la solicitud en un plazo que no exceda de las 10:00 horas del día 18 de agosto del presente.
i. . Copia del oficio DT/DGA/2090/2009, de fecha 19 de agosto que derivado de la actitud contumaz del C. Alejandro Serrano Cortés se giró al C.P. José Antonio Ruiz Martínez, Contralor Interno en Tlalpan, mediante el cual de manera precisa se señala que el C. Alejandro Serrano Cortés, Director de Recursos Humanos, no ha cumplido con los requerimientos de su superior jerárquico, sin embargo, no se obtuvo respuesta alguna por parte del órgano de control interno respecto de las medidas disciplinarias tomadas para solventar dicha solicitud de información.
Al respecto, se estima que el Sistema de Responsabilidades y Sanciones previsto por el Titulo Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reglamentado por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos establece un esquema autónomo de actuación de las autoridades sancionadoras en el que no es
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presupuesto para la investigación de una irregularidad administrativa una resolución de una autoridad
Acuse del oficio DT/DGA/1677/2009, del nueve de julio de dos mil nueve, dirigido al Director de Recursos Humanos, suscrito por el Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan.
Acuse del oficio DT/1769/2009, del veinte de julio de dos mil nueve, dirigido al Director de Recursos Humanos, suscrito por el Director General de Administración ambos de la Delegación Tlalpan.
Acuse del oficio DT/DGA/DRH/2415/2009, del veinte de julio de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Director de Recursos Humanos, ambos de la Delegación Tlalpan.
Relación de las personas que el ex delegado designó como funcionarios, haciendo uso de las facultades otorgadas conforme al artículo 117, fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Acuse del oficio DT/DGA/1790/2009, del dieciocho de junio de dos mil nueve, dirigido al Director de Recursos Humanos, suscrito por el Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan.
Acuse del oficio DT/DGA/1885/2009, del tres de agosto de dos mil nueve, dirigido al Director de Recursos Humanos, suscrito por el Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan.
Acuse del oficio DT/DGA/1970/2009, del diez de agosto de dos mil nueve, dirigido al Director de Recursos Humanos, suscrito por el Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan.
Acuse del oficio DT/DGA/DRH/2615/2009, del tres de agosto de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Director de Recursos Humanos, ambos de la Delegación Tlalpan.
Acuse del oficio DT/DGA/2011/2009, dirigido al Director de Recursos Humanos, suscrito por el Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan, oficio poco legible, que obra a fojas 42 y 43 del expediente.
Acuse del oficio DT/DGA/2090/2009, del diecinueve de agosto de dos mil nueve, dirigido al Contralor Interno en Tlalpan, suscrito por el Director General de Administración de la Delegación Tlalpan.
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Acuse del oficio DT/DGA/2208/2009, del veintiocho de agosto de dos mil nueve, dirigido al Director de Recursos Humanos, suscrito por el Director General de Administración.
Impresión de la pantalla “Acuse de respuesta aceptada por la OIP”
Acuse del oficio DT/DGA/DRH/2845/2009, del veintiocho de agosto de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Director de Recursos Humanos, ambos de la Delegación Tlalpan.
Acuse del oficio DT/DGA/2233/2009, del treinta y uno de agosto de dos mil nueve, dirigido al Director de Recursos Humanos, suscrito por el Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan.
Relación de Personal Designado, que contiene sesenta y cinco nombres, así como los rubros de “Oficio No.”, “Cargo Asignado” y Nombre”, como se ilustra a continuación con la primera hoja de dicho listado:
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Oficio DT/C-10/505/2008, del tres de julio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Edgar Álvarez Castillo para ocupar la Jefatura de la Unidad Departamental de Conservación de la Imagen Urbana.
Oficio DT/C-10/484/2008, del veintisiete de mayo de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Alejandro Alviz Ortiz para ocupar la Dirección de Seguridad Pública.
Oficio DT/C-10/525/2008, del tres de junio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Federico Bavines Alfaro para ocupar la Coordinación de Análisis y Gestión.
Oficio DT/C-10/520/2008, del veintiocho de mayo de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Arturo Contreras Bonilla como Coordinador de Asesores.
Oficio DT/C-10/483/2008, del veintisiete de mayo de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Sergio Sánchez Córdova para ocupar la Subdirección de Participación Ciudadana para la Prevención del Delito.
Oficio DT/C-10/482/2008, del veintiséis de mayo de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Jesús Escobedo Pérez para ocupar la Dirección de Área “B” de Educación y Salud.
Oficio DT/C-10/506/2008, del tres de junio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Bernardo Núñez Carmona para ocupar la Dirección de servicios Urbanos, adscrito a la Dirección General de Servicios Urbanos.
Oficio DT/C-10/526/2008, del tres de junio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la
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Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Oswaldo Olmos Ayala como Líder Coordinador de Proyectos “A”, adscrito a la Dirección General de Servicios Urbanos.
Oficio DT/C-10/596/2008, del doce de junio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. María de Lourdes Margarita Ontiveros Sánchez de la Barquera, como asesor.
Oficio DT/C-10/524/2008, del cinco de junio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. Gabriela Jazmín Pérez Ramírez para ocupar la Jefatura de la Unidad Departamental de Prestaciones.
Oficio DT/C-10/503/2008, del tres de julio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Alan Iván Vázquez Zapata para ocupar la Dirección General de Servicios Urbanos.
Oficio DT/C-10/485/2008, del veintisiete de mayo de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Luis Alberto Hernández Vázquez para ocupar la Dirección de Gobierno.
Oficio DT/C-10/1120/2007, del uno de noviembre de dos mil siete, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. Dilism Guadalupe Góngora Esteban para ocupar el puesto de Enlace “A” adscrita a la Subdirección de Relación con los Pueblos Originarios.
Oficio DT/C-10/1240/2008, del diecisiete de octubre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Jesús Escobedo Pérez para ocupar el cargo de Subdirector de Administración de Personal.
Oficio DT/C-10/1035/2008, del veinticinco de agosto de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Erick Iván Flores Haro para ocupar el cargo de Líder Coordinador de Proyectos “A”, adscrito a la Dirección General Jurídica y de Gobierno.
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Oficio DT/C-10/1307/2008, del uno de octubre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Rodolfo Vicente Herrera Moro Jiménez para ocupar el cargo de Líder Coordinador de Proyectos “A”, adscrito a la Dirección de Gobierno.
Oficio DT/C-10/ilegible/2008, del veinticinco de agosto de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Nazario Martínez Olmedo para ocupar la Subdirección de Gobierno.
Oficio DT/C-10/1036/2008, del veinticinco de agosto de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Jesús Antonio Orozco González para ocupar la Jefatura de Unidad Departamental de Giros Mercantiles y Espectáculos Públicos.
Oficio DT/C-10/1239/2008, del diecisiete de octubre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Alejandro Serrano Cortés para ocupar el cargo de Director de Recursos Humanos.
Oficio DT/C-10/1050/2008, del tres de septiembre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Luis Torres Arellano para ocupar el cargo de Subdirector de Permisos y Licencias.
Oficio DT/C-10/ilegible/2008, del cuatro de noviembre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Benito Ceferino Zitle Camela para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental de Agua Potable en Pipas.
Oficio DT/C-10/ilegible/2008, del veintinueve de julio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Arturo Contreras Bonilla para ocupar la Dirección General de Enlace Ciudadano.
Oficio DT/C-10/1238/2008, del diecisiete de octubre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en
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la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Israel Ballesteros Ramírez para ocupar el cargo de Director de Educación y Salud.
Oficio JD/1310/08, del treinta y uno de octubre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Oscar Manuel Rivera Sánchez para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental de Promoción a la Participación Ciudadana.
Oficio JD/ilegible/08, del veintitrés de octubre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. Sonia Elena González para ocupar el cargo de Enlace “A”, con la función de Enlace Administrativo de la Dirección General de Enlace Ciudadano.
Oficio DT/C-10/604/2008, del diecinueve de junio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. Alejandra Guerrero Martínez para ocupar la Subdirección de Educación.
Oficio DT/C-10/597/2008, del doce de junio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Víctor Manuel Hernández… ilegible …, dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano.
Oficio DT/C-10/663/2008, del uno de julio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Guillermo Ramírez Zamora para ocupar el puesto de Enlace “A” adscrito a la Subdirección de Mantenimiento Menor.
Oficio DT/C-10/664/2008, del uno de julio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Gerardo Roman Urbano, para ocupar el puesto de Enlace “A” adscrito a la Subdirección de Mantenimiento Menor.
Oficio DT/C-10/819/2008, del veintidós de julio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en
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la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Francisco Martínez Mendoza para ocupar el cargo de (ilegible)…
Oficio DT/C-10/570/2007, del dieciséis de julio de dos mil siete, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Lorenzo García Gómez para ocupar el cargo de Subdirector de Área “A” de Mantenimiento Menor.
Oficio DT/C-10/141/2009, del uno de julio de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. Marelvy Isabel Berrio Gómez para ocupar el puesto de Enlace “A” adscrito a la Dirección de Cultura.
Oficio DT/C-10/104/2009, del cuatro de febrero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Ezequiel Gabriel Camacho González para ocupar el puesto de Jefe de Unidad Departamental de Centros Deportivos.
Oficio DT/C-10/138/2009, del ocho de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Guillermo Ramírez Zamora para ocupar el puesto de Líder Coordinador de Proyectos “A” adscrito a la Dirección General de Cultura.
Oficio DT/C-10/ilegible/2009, del cuatro de febrero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Juan Manuel Cholula Cambray para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental de Promoción Deportiva.
Oficio DT/C-10/135/2009, del seis de febrero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Mateo de la Serna García para ocupar la Jefatura de Unidad Departamental de Promoción Deportiva en sustitución de Juan Manuel Cholula Cambray.
Oficio DT/C-10/101/2009, del tres de febrero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Ricardo Galindo Martínez
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para ocupar el puesto de Líder Coordinador de Proyectos “A” adscrito a la Coordinación de Ventanilla Única.
Oficio DT/C-10/142/2009, del veintiuno de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. María Gabina Eloina González Castro para ocupar el puesto de Enlace “A” adscrita a la Dirección General de Ecología y Desarrollo Sustentable.
Oficio DT/C-10/ilegible/2009, del veinte de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Luis Alberto Hernández Vázquez para ocupar el cargo de Secretario Particular adscrito a la Jefatura Delegacional en sustitución del C. Héctor Hugo Hernández Rodríguez.
Oficio DT/C-10/144/2009, del nueve de febrero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Santos Jaime Héctor López Zarza para ocupar el puesto de Líder Coordinador de Proyectos “A” adscrito a la Dirección de Participación Ciudadana.
Oficio DT/C-10/ilegible/2009, del veinte de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Nazario Martínez Olmedo para ocupar el cargo de Director de Gobierno.
Oficio DT/C-10/065/2009, del catorce de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Nava Flores para ocupar el cargo de Subdirector de Servicios Generales, adscrito a la Dirección de recursos Materiales y Servicios Generales.
Oficio DT/C-10/136/2009, del seis de febrero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Antonio Olvera Alcántara para ocupar la Subdirección de Diagnóstico y Control adscrito a la Dirección de Seguridad Pública dependiente de la Jefatura Delegacional.
Oficio DT/C-10/106/2009, del cuatro de febrero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en
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la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. José Federico Piña Mendieta para ocupar el cargo de Director de Actividades Deportivas y Recreativas.
Oficio DT/C-10/ILEGIBLE/2009 del seis de enero de dos mil nueve. dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Jesús Rendón Dircio para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental Técnico Operativa, adscrito a la Subdirección de Educación, en sustitución de Víctor Manuel Cardoso Meana.
Oficio DT/C-10/1416/2009, del cuatro de diciembre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Rutilo Sánchez González para ocupar el cargo de Asesor, adscrito a la Coordinación de Asesores, dependiente de la Jefatura Delegacional, en sustitución de la C. María de Lourdes Margarita Ontiveros Sánchez de la Barquera.
Oficio DT/C-10/ilegible/2009, del catorce de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. María Teresa Suárez Castro para ocupar el cargo de Líder Coordinador de Proyectos “A”, adscrito a la Jefatura Delegacional, en sustitución del C. Alfonso Ubaldo Bocanegra.
Oficio DT/C-10/ilegible/2009, del veinte de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Juan Carlos Trillo Domínguez para ocupar el cargo de Subdirector de Gobierno, adscrito a la Dirección de Gobierno, dependiente de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, en sustitución del C. Nazario Martínez Olmedo.
Oficio DT/C-10/ilegible/2009, del catorce de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Alfonso Ubaldo Bocanegra para ocupar el cargo de Asesor, adscrito a la Jefatura Delegacional, en sustitución del C. Arturo Manuel Chávez López.
Oficio DT/C-10/140/2009, del ocho de enero del dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. Eréndira Aguirre
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Sosa para ocupar el cargo de Líder Coordinador de Proyectos “A”, adscrito a la Dirección de Cultura, en sustitución del C. Jesús Benítez García.
Oficio DT/C-10/137/2009, del ocho de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra a la C. Bertha Regina Alavez Magaña para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental de Centros de Artes y Oficios, adscrita a la Subdirección de Cultura Comunitaria, en sustitución del C. Héctor Velasco llanes.
Oficio DT/C-10/139/2009, del ocho de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Jesús Benítez García para ocupar la Jefatura de Unidad Departamental de Producción Técnica, adscrito a la Subdirección de Producción, en sustitución de Francisco Javier Del Razo Aguirre.
Oficio DT/C-10/1417/2008, del cuatro de diciembre de dos mil ocho, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Bernardo Núñez Carmona para ocupar la Dirección de Mantenimiento Menor y Apoyo Urbano, adscrita a la Dirección General de Servicios Urbanos.
Oficio DT/C-10/ilegible/2009, del cinco de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Eduardo Greco Gutiérrez Méndez para ocupar el cargo de Subdirector de Educación, adscrito a la Dirección de Educación y Salud, en sustitución de la C. María Alejandra Guerrero Martínez.
Oficio DT/C-10/ilegible/2009, del siete de enero de dos mil nueve, dirigido al Director General de Administración, suscrito por el Jefe Delegacional, ambos en la Delegación Tlalpan, a través del cual se nombra al C. Erasmo López Hernández para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental de Apoyo Logístico, adscrita a la Subdirección de Servicios Generales, en sustitución del C. Lamberto Arciniega Catalán.
Impresión del correo electrónico del uno de septiembre de dos mil nueve, enviado de la cuenta de la Oficina de Información Pública de la Delegación
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Tlalpan ([email protected]) a la dirección electrónica del hoy recurrente, en los siguientes términos:
Con fundamento en el Artículo 58 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en mi calidad de Responsable de la Oficina de Información Pública de la Delegación Tlalpan, le notifico por este medio la siguiente documentación:
Oficio DT/GA/2232/2009 de fecha 31 de Agosto del presente año, signado por Director General de Administración Juan Manuel López Ramírez, donde emite la correspondiente contestación (consistente de tres foja útiles) así como los diversos anexos que a continuación se detallan: Copia del oficio DT/DGA/1677/2009 de fecha 9 de julio de 2009, copia del oficio DT/DGA/1769/2009 de fecha 20 de julio de 2009, copia del oficio DT/DGA/DRH/2415/2009 de fecha 20 de julio de 2009, copia del oficio DT/DGA/1790/2009 de fecha 18 de junio de 2009, copia del oficio DT/DGA/1885/2009 de fecha 03 de Agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/1970/2009 de fecha 10 de agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/DRH/2615/2009 de fecha 03 de Agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/2011/2009 de fecha 13 de Agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/2090/2009 de fecha 19 de Agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/2208/2009 de fecha 28 DE Agosto de 2009 y DT/DGA/DRH/2845/2009 de fecha 28 de Agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/2233/2009 de fecha 31 de agosto de 2009, Relación del personal designado de estructura consistente en tres fojas útiles así como los oficios de
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designación de cada uno de los cargos detallados en el listado que se anexa consistentes en 56 fojas útiles. …
Instrumental de Actuaciones.
V. Mediante acuerdo del tres de septiembre de dos mil nueve, la Dirección Jurídica y
Desarrollo Normativo tuvo por presentado al Encargado de la Oficina de Información
Pública de la Delegación Tlalpan rindiendo, en tiempo y forma, el informe de ley
requerido y admitió las documentales antes descritas.
Finalmente, acorde a lo dispuesto en el artículo 80, fracción IV, de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, ordenó dar vista al
recurrente con el informe de ley y sus anexos, por el plazo de cinco días hábiles,
contados a partir del día siguiente a aquél en que surtiera efectos la notificación
correspondiente, para que manifestara lo que a su derecho conviniera.
Este acuerdo se notificó al Ente Público, el día de su emisión, a través de los estrados
de este Instituto; y al recurrente, el ocho de septiembre de dos mil nueve, mediante el
correo electrónico señalado para tal efecto.
VI. Por acuerdo del dieciocho de septiembre de dos mil nueve, la Dirección Jurídica y
Desarrollo Normativo de este Instituto hizo constar el transcurso del plazo concedido al
recurrente para que manifestara lo que a su derecho conviniera en relación con el
informe de ley del Ente Público, sin que hiciera manifestación alguna al respecto, por lo
que, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 133 del Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la Ley de la materia, declaró
precluído su derecho para tal efecto.
Por otra parte, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 80, fracción IX, de la Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y por el diverso
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76 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, de aplicación
supletoria a la Ley de la materia, se otorgó un plazo común de tres días a las partes
para que formularan sus alegatos por escrito.
El acuerdo referido fue notificado al Ente Público el mismo día de su emisión, mediante
los estrados de este Instituto; y al recurrente, en el correo electrónico señalado para tal
efecto, el veintiuno de septiembre de dos mil nueve.
VII. El veintinueve de septiembre de dos mil nueve, la Dirección Jurídica y Desarrollo
Normativo de este Instituto dictó acuerdo en el que hizo constar el transcurso del plazo
concedido a las partes para formular alegatos, sin que lo hicieran, por lo que declaró
precluído su derecho para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 133
del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a
la Ley de la materia. Asimismo, se decretó el cierre del periodo de instrucción y se
ordenó elaborar el proyecto de resolución correspondiente.
En razón de que ha sido debidamente sustanciado el presente recurso de revisión y de
que las pruebas que obran en el expediente consisten en documentales, que se
desahogan por su propia y especial naturaleza, con fundamento en el artículo 80,
fracción VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal, y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. El Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal es
competente para resolver el presente recurso de revisión con fundamento en lo
establecido en los artículos 1, 2, 9, 63, 70, 71, fracciones II, XXI y XLIV, 76, 77, 78, 79,
80, 81, 82 y 88 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
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Distrito Federal; 2, 3, 4, fracción IV, 12, fracciones I y XXIV, 13, fracción VlI, y 14,
fracción III, del Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública del
Distrito Federal.
SEGUNDO. Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el medio de
impugnación que nos ocupa, esta autoridad realiza el estudio oficioso de las causas de
improcedencia del recurso de revisión, por tratarse de una cuestión de orden público y
de estudio preferente, atento a lo establecido por la jurisprudencia número 940,
publicada en la página 1538, de la segunda parte del Apéndice al Semanario Judicial de
la Federación 1917-1988, que dispone:
IMPROCEDENCIA. Sea que las partes la aleguen o no, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser una cuestión de orden público en el juicio de garantías.
El Ente Público no hace valer causal de improcedencia alguna y este Órgano Colegiado
no advierte que se actualice alguna de las previstas por la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal o sus ordenamientos supletorios.
Sin embargo, en su informe de ley, la autoridad responsable señaló que en fecha uno
de septiembre de dos mil nueve, el Director de Administración de la Delegación Tlalpan
contestó la solicitud de información que nos ocupa, mediante oficio DT/DGA/2232/2009,
del treinta y uno de agosto del año en curso, anexando al efecto la “Relación del
personal designado de estructura”, que contiene tres columnas con los rubros: número
de oficio, cargo asignado y nombre, consistente en tres fojas útiles, así como los oficios
de designación de cada uno de los cargos detallados en el listado mencionado.
En tal virtud, consideramos que podría actualizarse la causal de sobreseimiento prevista
en el artículo 84, fracción IV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal, que a la letra dispone:
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Artículo 84. Procede el sobreseimiento, cuando: … IV. El Ente Público cumpla con el requerimiento de la solicitud, caso en el que deberá haber constancia de la notificación de la respuesta al solicitante, dándole el Instituto vista al recurrente para que manifieste lo que a su derecho convenga; o …
Conforme al texto transcrito, a efecto de que sea procedente el sobreseimiento con
fundamento en la fracción IV del artículo 84 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal, es necesario que se reúnan tres requisitos, a
saber:
a) Que el Ente Público cumpla con el requerimiento de la solicitud; b) Que exista constancia de la notificación de la respuesta al solicitante, y
c) Que el Instituto dé vista al recurrente para que manifieste lo que a su derecho
convenga. Para determinar si en el caso que nos ocupa se actualiza la causal de sobreseimiento
en estudio, es necesario analizar si se reúnen los requisitos señalados.
De la lectura realizada a la solicitud de información que dio origen al presente recurso de
revisión, se advierte que el particular requirió la lista de las personas que el ex Delegado
Guillermo Sánchez Torres haya designado como funcionarios, trabajadores o
empleados de la Delegación Tlalpan haciendo uso de las facultades que le otorga el
artículo 117, fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, desde el uno de
junio de dos mil ocho a la fecha, indicando número de oficio con el que hizo cada una
de las designaciones, el nombre del ciudadano designado y el cargo al que se le
designa.
Por razón de método, se considera pertinente analizar primeramente si se reúne el
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segundo de los requisitos necesarios para que se actualice la hipótesis prevista por la
fracción IV del artículo 84, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Distrito Federal, consistente en la notificación hecha al solicitante.
Al respecto, en su informe de ley la autoridad responsable manifestó que, con fecha uno
de septiembre de dos mil nueve, el Director General de Administración envió a la Oficina
de Información Pública el oficio DT/DGA/2232/2009, de fecha treinta y uno de agosto del
año en curso, que atiende la solicitud de información que nos ocupa, adjuntando al
efecto, copia de diversos documentos, consistentes en; oficio DT/DGA/1677/2009 de
fecha 9 de julio de 2009, copia del oficio DT/DGA/1769/2009 de fecha 20 de julio de
2009, copia del oficio DT/DGA/DRH/2415/2009 de fecha 20 de julio de 2009, copia del
oficio DT/DGA/1790/2009 de fecha 18 de junio de 2009, copia del oficio
DT/DGA/1885/2009 de fecha 03 de Agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/1970/2009
de fecha 10 de agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/DRH/2615/2009 de fecha 03 de
Agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/2011/2009 de fecha 13 de Agosto de 2009,
copia del oficio DT/DGA/2090/2009 de fecha 19 de Agosto de 2009, copia del oficio
DT/DGA/2208/2009 de fecha 28 DE Agosto de 2009 y DT/DGA/DRH/2845/2009 de
fecha 28 de Agosto de 2009, copia del oficio DT/DGA/2233/2009 de fecha 31 de agosto
de 2009, Relación del personal designado de estructura consistente en tres fojas
útiles así como los oficios de designación de cada uno de los cargos detallados en el
listado mencionado.
El Ente Público manifestó, que dicha respuesta y sus anexos fueron notificados al
particular a través del correo electrónico del uno de septiembre de dos mil nueve,
enviado de la cuenta de la Oficina de Información Pública de la Delegación Tlalpan
([email protected]) a la diversa del recurrente, visible a fojas 109 y 110 del
expediente y cuya imagen se inserta a continuación:
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En esa tesitura, esta resolutora considera que dichas documentales son idóneas y
contundentes para acreditar que se notificó al quejoso una respuesta con posterioridad a
la interposición del presente recurso de revisión (veinte de agosto de dos mil nueve), en
consecuencia, se encuentra satisfecho el segundo de los requisitos señalado en la
fracción IV, del artículo 84 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Distrito Federal.
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Ahora bien, a efecto de determinar si se cumple el primero de los requisitos referidos,
resulta conveniente señalar que, de la documental consistente en la impresión del
“Acuse de recibo de solicitud de acceso a la información pública”, del sistema
electrónico INFOMEX, relativo a la solicitud de información con folio 0414000103809,
que se tuvo por presentado el nueve de julio de dos mil nueve, se desprende que el
recurrente solicitó se le proporcionara una Lista de las personas que el ex delegado
Guillermo Sánchez Torres haya designado como funcionarios, trabajadores o
empleados de la Delegación Tlalpan haciendo uso de las facultades que le otorga el
artículo 117, fracción IX, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, desde el 1° de
junio de 2008 a la fecha, en que se indicara el número de oficio con el que hizo cada
una de las designaciones, el nombre del ciudadano designado, y el cargo al que se le
designa.
A dicho medio de convicción, se le otorga valor probatorio en términos de lo dispuesto
por los artículos 374 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal, de aplicación supletoria a la materia, así como con apoyo en la jurisprudencia
que a continuación se cita:
Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: III, Abril de 1996 Tesis: P. XLVII/96 Página: 125 PRUEBAS. SU VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL (ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL). El Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, al hablar de la valoración de pruebas, sigue un sistema de libre apreciación en materia de valoración probatoria estableciendo, de manera expresa, en su artículo 402, que los medios de prueba aportados y admitidos serán valorados en su conjunto por el juzgador, atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia; y si bien es cierto que la garantía de legalidad
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prevista en el artículo 14 constitucional, preceptúa que las sentencias deben dictarse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica, y a falta de ésta se fundarán en los principios generales del derecho, no se viola esta garantía porque el juzgador valore las pruebas que le sean aportadas atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia, pues el propio precepto procesal le obliga a exponer los fundamentos de la valoración jurídica realizada y de su decisión. Amparo directo en revisión 565/95. Javier Soto González. 10 de octubre de 1995. Unanimidad de once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Luz Cueto Martínez. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecinueve de marzo en curso, aprobó, con el número XLVII/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y seis
En su escrito inicial, el particular precisó que su inconformidad consiste en que, a
manera de respuesta, se le hizo llegar en un archivo sin firma, sin membrete, sin fecha
ni ningún otro identificador y sólo le fue proporcionada una lista de sesenta y cuatro
nombres, por lo que considera que falta el resto de la información solicitada, es decir el
número de oficio con el que se hizo cada una de las designaciones y el cargo al que se
les designó.
En su informe de ley, el Ente Público manifestó haber notificado una nueva respuesta al
hoy recurrente en la dirección electrónica proporcionada en la solicitud de información
de mérito y ofreció como prueba de su dicho las siguientes documentales:
1. Impresión del correo electrónico del uno de septiembre de dos mil nueve, enviado de la cuenta de correo electrónico de la Oficina de Información Pública de la Delegación Tlalpan a la similar que el particular señaló como medio para recibir notificaciones en su solicitud de información, a través del cual el Responsable de la Oficina de Información Pública en la Delegación Tlalpan le envía al recurrente una nueva respuesta en alcance a la primigenia. 2. Copia de la “Relación del Personal Designado de Estructura”, consistente en una tabla con tres columnas con los rubros “Oficio No.”, “Cargo Asignado”, Nombre”, la cual obra agregada a fojas 51 a 53 del expediente en que se actúa.
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3. Copia simple de cincuenta y cinco oficios, a través de los cuales, el Jefe Delegacional, informó al Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan, el nombre de cada una de las personas y los cargos en que fueron designados de manera individual, mismos que obran de la foja 54 a 108 del expediente. 4. Copia del oficio DT/DGA/2233/2009, del treinta y uno de agosto de dos mil nueve, dirigido al Director de Recursos Humanos y suscrito por el Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan, a través del cual se solicitó la relación de número de oficio, oficio de nombramiento de los C.C. Martha López García, Juan Carlos Nájera Ramos, Crescencio Mondragón Flores, Camelia Carrión Ambriz, Carlos Mendoza Cervantes, Valente Antonio Ortiz Contreras, Emilia Cantú Alvarado, Araceli García García y Alejandra Araceli Aguille Sosa.
Documentales a las que se les otorga valor probatorio de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 373, 374 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal, de aplicación supletoria a la materia, así como con apoyo en la jurisprudencia
PRUEBAS. SU VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE
LA EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL
(ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO
FEDERAL), cuyo texto se transcribió en párrafos precedentes y se tiene por inserto en
obvio de inútiles repeticiones.
A efecto de lograr una mejor comprensión de la información entregada, consideramos
conveniente ilustrarla con ayuda de una tabla:
No. OFICIO CARGO ASIGNADO NOMBRE
1. DT/C-10/505/2008 J.U.D. DE CONSERVACIÓN DE
LA IMAGEN URBANA ALVAREZ CASTILLO EDGAR
2. DT/C-10/484/2008 DIRECTOR DE SEGURIDAD
PÚBLICA ALANIS ORTIZ ALEJANDRO
3. DT/C-10/525/2008 COORDINADOR DE ANÁLISIS Y
GESTIÓN BAVINES ALFARO JOSE FEDERICO
4. DT/C-10//520/2008 COORDINADOR DE ASESORES CONTRERAS BONILLA ARTURO
5. DT/C-10/483/2008 SUBDIRECTOR DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA CHAVEZ CORDOVA JOSE SERGIO
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PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO
6. DT/C-10/482/2008 DIRECTOR DE EDUCACIÓN Y
SALUD ESCOBEDO PÉREZ JOSÉ JESÚS
7. DT/C-10/506/2008 DIRECTOR DE SERVICIOS
URBANOS NUÑEZ CARMONA BERNARDO
8. DT/C-10/526/2008 LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” OLMOS AYALA OZWALDO
9. DT/C-10/596/2008 ASESOR ONTIVEROS SÁNCHEZ DE LA
BARQUERA MARÍA DE LOURDES MARGARITA
10. DT/C-10/524/2008 J.U.D. DE PRESTACIONES PEREZ RAMÍREZ GABRIELA
JAZMIN
11. DT/C-10/503/2008 DIRECTOR GENERAL DE
SERVICIOS URBANOS VAZQUEZ ZAPATA ALAN IVAN
12. DT/C-10/485/2008 DIRECTOR DE GOBIERNO HERNANDEZ VAZQUEZ LUIS
ALBERTO
13. DT/C-10/1120/2007 ENLACE “A” GONGORA ESTEBAN DILIAM
GUADALUPE
14. DT/C-10/1240/2008 SUBDIRECTOR DE
ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
JOSÉ JESÚS ESCOBEDO PÉREZ
15. DT/C-10/1035/2008 LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” ERICK IVAN FLORES HARO
16. DT/C-10/1307/2008 LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” RODOLFO VICENTE HERRERA
MORO JIMÉNEZ
17. J.U.D. DE OBRAS
HIDRÁULICAS MARTHA LÓPEZ GARCÍA
18. DT/C-10/1037/2008 SUBDIRECTOR DE GOBIERNO NAZARIO MARTÍNEZ OLMEDO
19. J.U.D. DE TIANQUIS Y VÍA
PÚBLICA JUAN CARLOS NÁJERA RAMOS
20. DT/C-10/1036/2008 J.U.D. DE GIROS MERCANTILES Y
ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
JESÚS ANTONIO OROZCO GONZÁLEZ
21. DT/C-10/1239/2008 DIRECTOR DE RECURSOS
HUMANOS ALEJANDRO SERRANO CORTES
22. DT/C-10/1050/2008 SUBDIRECTOR DE PERMISOS I
LICENCIAS JOSE LUIS TORRES ARELLANO
23. DT/C-10/1126/2008 J.U.D. DE AGUA POTABLE EN
PIPAS JOSE BENITO CEFERINO ZITLE
CAMELA
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24. DT/C-10/882/2008 DIRECTOR GENERAL DE
ENLACE CIUDADANO ARTURO CONTRERAS BONILLA
25. DT/C-10/1238/2008 DIRECTOR DE EDUCACIÓN Y
SALUD ISRAEL BALLESTEROS RAMÍREZ
26. DT/C-10/1310/2008 J.U.D. DE PROMOCIÓN A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
OSCAR MANUEL RIVERA SÁNCHEZ
27. DT/C-10/1911/2008 ENLACE “A” SONIA ELENA GONZÁLEZ
RODRIGUEZ
28. ENLACE “A” CRECENCIO MONDRAGÓN
FLORES
29. SUBDIRECTORA DE CULTURA
COMUNITARIA CAMILA CARRIÓN AMBIRUZ
30. DT/C-10/604/2008 SUBDIRECTORA DE
EDUCACIÓN MARIA ALEJANDRA GURRERO
MARTÍNEZ
31. J.U.D. DE ANIMACIÓN
CULTURAL CARLOS MENDOZA CERVANTES
32. J.U.D. DE PLANTELES
EDUCATIVOS VALENTE ANTONIO ORTIZ
CONTRERAS
33. DT/C-10/597/2008 ENLACE “A” VICTOR MANUEL HERNANDEZ
CORONA
34. LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” EMILIA CANTU ALVARADO
35. LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” ARACELI GARCIA GARCIA
36. DT/C-10/663/2008 ENLACE “A” GUILLERMO RAMÍREZ ZAMORA
37. DT/C-10/664/2008 ENLACE “A” JOSE GERARDO ROMAN URBANO
38 ENLACE “A” ALEJANDRA ARACELI AGUIRRE
SOSA
39. DT/C-10/819/2008 ENLACE “A” FRANCISCO MARTÍNEZ MENDOZA
40. DT/C-10/570/2007 SUBDIRECTOR DE
MANTENIMIENTO MENOR LORENZO GARCÍA GÓMEZ
41. DT/C-10/141/2009 ENLACE “A” MARELVY ISABEL BERRIO GOMEZ
42. DT/C-10/104/2009 J.U.D. DE CENTROS
DEPORTIVOS EZEQUIEL GABRIEL CAMACHO
GONZALEZ
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43. DT/C-10/138/2009 LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” JESUS CHAVEZ MEJÍA
44. DT/C-10/105/2009 J.U.D. DE PROMOCION
DEPORTIVA JUAN MANUEL CHOLULA
CAMBRAY
45. DT/C-10/135/2009 J.U.D. DE PROMOCION
DEPORTIVA MATEO DE LA SERNA GARCIA
46. DT/C-10/101/2009 LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” RICARDO GALINDO MARTINEZ
47. DT/C-10/142/2009 ENLACE “A” MARIA GABINA ELOINA GONZALEZ
CASTRO
48. DT/C-10/068/2009 SECRETARIO PARTICULAR DEL JEFE DELEGACIONAL
LUIS ALBERTO HERNANDEZ VAZQUEZ
49. DT/C-10/144/2009 LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” SANTOS JAIME HECTOR LOPEZ
ZARZA
50. DT/C-10/069/2009 DIRECTOR DE GOBIERNO NAZARIO MARTINEZ OLMEDO
51. DT/C-10/065/2009 SUBDIRECTOR DE SERVICIOS
GENERALES JOSE ANTONIO NAVA FLORES
52. DT/C-10/136/2009 SUBDIRECTOR DE
DIAGNOSTICO Y CONTROL JOSE ANTONIO OLVERA
ALCANTARA
53. DT/C-10/106/2009 DIRECTOR DE ACTIVIDADES
DEPORTIVAS Y REACREATIVAS
JOSE FEDERICO PIÑA MENDIETA
54. DT/C-10/012/2009 J.U.D. TECNICA OPERATIVA JESUS RENDON DIRCIO
55. DT/C-10/1416/2008 ASESOR RUTILO SANCHEZ GONZALEZ
56. DT/C-10/066/2009 LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” MARIA TERESA SUAREZ CASTRO
57. DT/C-10/070/2009 SUBDIRECTOR DE GOBIERNO JUAN CARLOS TRILLO DOMINGUEZ
58. DT/C-10/067/2009 ASESOR ALFONSO UBALDO BOCANEGRA
59. DT/C-10/140/2009 LIDER COORDINADOR DE
PROYECTOS “A” ERENDIRA AGUIRRE SOSA
60. DT/C-10/137/2009 J.U.D. DE CENTROS DE ARTES
Y OFICIOS BERTHA REGINA ALAVEZ MAGAÑA
61. DT/C-10/139/2009 J.U.D. DE PRODUCCION
TECNICA JESUS BENITEZ GARCIA
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62. DT/C-10/1417/2008 DIRECTOR DE
MANTENIMIENTO MENOR Y APOYO URBANO
BERNARDO NUÑEZ CARMONA
63. DT/C-10/1415/2008 DIRECTOR DE SERVICIOS
URBANOS MELESIO VENTURA GONZALEZ
CHAVEZ
64. DT/C-10/010/2009 SUBDIRECTOR DE
EDUCACION EDUARDO GRECO GUTIERREZ
MENDEZ
65 DT/C-10/008/2009 J.U.D. DE APOYO LOGISTICO ERASMO LOPEZ HERNANDEZ
De la tabla anterior, se aprecia que el Ente recurrido entregó al particular los datos
consistentes en el número de oficio con el que se hizo cada una de las designaciones,
el cargo y el nombre de la persona designada para ocupar el mismo, la cual
corresponde a la información requerida por el particular, sin embargo, en los nueve
casos siguientes no aparece el número del oficio de nombramiento de los siguientes
servidores públicos:
1. Martha López García para ocupar el cargo de Jefa de Unidad Departamental de Obras Hidráulicas;
2. Juan Carlos Nájera Ramos para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental de Tianguis y Vía Pública;
3. Crescencio Mondragón Flores para ocupar el cargo de Enlace “A”;
4. Camila Carrión Ambriz para ocupar el cargo de Subdirectora de Cultura Comunitaria;
5. Carlos Mendoza Cervantes para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental de Animación Cultural;
6. Valente Antonio Ortiz Contreras para ocupar el cargo de Jefe de Unidad Departamental de Planteles Educativos;
7. Emilia Cantú Alvarado para ocupar el cargo de Líder Coordinador de Proyectos “A”;
8. Araceli García García para ocupar el cargo de Líder Coordinador de Proyectos “A”, y
9. Alejandra Araceli Aguirre Sosa para ocupar el cargo de Enlace “A”.
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En tal virtud se concluye que, con la información entregada durante la substanciación
del presente medio de impugnación, no se satisfacen cabalmente los puntos por los que
se dolió el particular en su escrito recursal, presentado con motivo de la solicitud de
información con folio 0414000103809 y, por lo tanto, esta autoridad considera que no
se reúne el primero de los requisitos exigidos por el artículo 84, fracción IV, de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Por lo expuesto en este Considerando, resulta procedente realizar el estudio del fondo
del presente recurso de revisión.
TERCERO. Una vez analizadas las constancias que obran en el expediente en que se
actúa, se desprende que la resolución sustancialmente consiste en determinar si la
respuesta emitida por la Delegación Tlalpan, transgredió el derecho de acceso a la
información pública del particular y, en su caso, determinar si es procedente ordenar la
entrega de la información requerida.
Por razón de método, el estudio y resolución del cumplimiento de la obligación de
proporcionar la información requerida se realizará en un primer apartado y, en su caso,
las posibles infracciones a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Distrito Federal, se tratarán en apartados independientes.
CUARTO. En la solicitud de información que dio origen al presente recurso de revisión,
el recurrente solicitó una lista de las personas que el ex Delegado Guillermo Sánchez
Torres haya designado como funcionarios, trabajadores o empleados de la Delegación
Tlalpan haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 117, fracción IX del
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, desde el primero de junio de dos mil ocho a la
fecha, en que indique el número de oficio con el que hizo cada una de las
designaciones, el nombre del ciudadano designado y el cargo al que se le designa.
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Dicha solicitud fue atendida por el Ente Público mediante la entrega de un listado que
contiene sesenta y cuatro nombres, a saber:
1. ALVAREZ CASTILLO EDGAR 2. PLAÑÍS ORTIZ ALEJANDRO 3. AVINES ALFARO JOSÉ FEDERICO 4. CHAVEZ CORDOVA JOSÉ SERGIO 5. ESCOBEDO PÉREZ JOSÉ JESÚS 6. NUÑEZ CARMONA BERNARDO 7. OLMOS AYALA OSWALDO 8. ONTIVEROS SÁNCHEZ DE LA BARQUERA MARÍA DE LOURDES MARGARITA 9. PÉREZ RAMÍREZ GABRIELA JAZMÍN 10. VÁZQUEZ ZAPATA ALAN IVAN 11. HERNÁNDEZ VÁZQUEZ LUIS ALBERTO 12. GONGORA ESTEBAN DILIAM GUADALUPE 13. JOSÉ JESÚS ESCOBEDO PÉREZ 14. ERICK IVAN FLORES HARO 15. RODOLFO VICENTE HERRERA MORO JIMÉNEZ 16. MARTHA LÓPEZ GARCÍA 17. NAZARIO MARTÍNEZ OLMEDO 18. JUAN CARLOS NAJERA RAMOS 19. JESÚS ANTONIO OROZCO GONZÁLEZ 20. ALEJANDRO SERRANO CORTES 21. JOSÉ LUIS TORRES ARELLANO 22. JOSÉ BENITO CEFERINO ZITLE CAMELA 23. ARTURO CONTRERAS BONILLA 24. ISRAEL BALLESTEROS RAMÍREZ 25. ÓSCAR MANUEL RIVERA SÁNCHEZ 26. SONIA ELENA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ 27. CRECENCIO MONDRAGON FLORES 28. CAMILA CARRION AMBRIZ 29. MARÍA ALEJANDRA GUERRERO MARTÍNEZ 30. CARLOS MENDOZA CERVANTES 31. VALENTE ANTONIO ORTIZ CONTRERAS 32. VÍCTOR MANUEL HERNÁNDEZ CORONA 33. EMILIA CANTU ALVARADO 34. ARACELI GARCÍA GARCÍA 35. GUILLERMO RAMÍREZ ZAMORA 36. JOSE GERARDO ROMÁN URBANO 37. ALEJANDRA ARACELI AGUIRRE SOSA 38. FRANCISCO MARTÍNEZ MENDOZA 39. LORENZO GARCÍA GÓMEZ 40. MARELVY ISABEL BERRIO GÓMEZ
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41. EZEQUIEL GABRIEL CAMACHO GONZÁLEZ 42. JESÚS MARIO CHAVEZ MEJIA 43. JUAN MANUEL CHOLULA CAMBRAY 44. MATEO DE LA SERNA GARCÍA 45. RICARDO GALINDO MARTÍNEZ 46. MARÍA GABINA ELOÍNA GONZÁLEZ CASTRO 47. LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ VÁZQUEZ 48. SANTOS JAIME HÉCTOR LÓPEZ ZARZA 49. NAZARIO MARTÍNEZ OLMEDO 50. JOSÉ ANTONIO NAVA FLORES 51. JOSÉ ANTONIO OLVERA ANCANTARA 52. JOSÉ FEDERICO PINA MENDIETA 53. JESÚS RENDONDIRCIO 54. RUTILO SÁNCHEZ GONZÁLEZ 55. MARÍA TERESA SUAREZ CASTRO 56. JUAN CARLOS TRILLO DOMÍNGUEZ 57. ALFONSO UBALDO BOCANEGRA 58. ERENDIRA AGUIRRE SOSA 59. BERTHA REGINA ALAVEZ MAGAÑA 60. JESÚS BENITEZ GARCÍA 61. BERNARDO NUÑEZ CARMONA 62. MELESIO VENTURA GONZÁLEZ CHAVEZ 63. EDUARDO GRECO GUTIÉRREZ MÉNDEZ 64. ERASMO LÓPEZ HERNÁNDEZ
En su escrito inicial, el particular expresó su inconformidad con la respuesta porque:
a) El archivo que la contiene carece de firma, membrete, fecha y el funcionario que responde no se identifica;
b) Considera que su solicitud fue atendida con negligencia y se le oculta
información
c) Considera que la información proporcionada no corresponde con lo solicitado porque no contiene el número de oficio con el que se hizo cada una de las designaciones, ni el cargo al que fue designada cada una de las personas enlistadas;
Por lo que hace al agravio identificado con el inciso b, el mismo será analizado en el
Considerando Quinto, en razón de que su procedencia podría encuadrar en alguna de
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las infracciones previstas por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Distrito Federal.
En cuanto a la inconformidad del particular señalada en el inciso a, consistente en que
el archivo de respuesta carece de firma, membrete, fecha y en que el funcionario que
responde no se identifica, debe decirse que, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 58, fracciones IV y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal, a las Oficinas de Información Pública les corresponde:
Artículo 58. Son atribuciones de la Oficina de Información Pública: … IV. Recibir y tramitar las solicitudes de información así como darles seguimiento hasta la entrega de la misma, haciendo entre tanto el correspondiente resguardo; … VII. Efectuar las notificaciones correspondientes a los solicitantes; …
Asimismo, según los numerales 9, primer párrafo, y 17, párrafos primero y segundo, de
los “Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos
personales a través del sistema INFOMEX del Distrito Federal”, corresponden a las
Oficinas de Información Pública registrar y capturar las respuestas a las solicitudes de
información:
9. La Oficina de Información Pública utilizará el módulo manual de INFOMEX para registrar y capturar la respuesta recaída a la solicitud y la notificación correspondiente será efectuada al solicitante dentro de los cinco o diez días hábiles siguientes a aquel en que se tenga por presentada la solicitud según se trate de información pública de oficio o de información que no tenga tal carácter, respectivamente. En caso de que en una misma solicitud se requieran ambos tipos de información, la respuesta deberá ser registrada en el segundo plazo señalado. Para efectos de este artículo se observará lo siguiente: …
17. En las solicitudes cuya recepción se realice en el módulo electrónico de INFOMEX, la Oficina de Información Pública observará lo dispuesto por los lineamientos 8, excepto las fracciones I y II, 9, 10 y 12, salvo en lo que respecta a las
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notificaciones y el cálculo de los costos de reproducción y envío, los cuales se realizarán directamente a través del módulo electrónico de INFOMEX, mismo que desplegará las fichas de pago respectivas, que podrán ser impresas, para que el particular realice el depósito correspondiente en las instituciones autorizadas.
Para efectos de este capítulo, las referencias que en dichos lineamientos se hacen al módulo manual de INFOMEX, se entenderán hechas al módulo electrónico del sistema. La caducidad del trámite se notificará de manera automática por el sistema al solicitante. …
Asimismo, por lo que hace a la falta de firma, de que no hay formalidad en la misma al
carecer de membrete, fecha y algún otro identificador, así como que fue emitida fuera
de tiempo, es necesario recordar que el artículo 49 y 51 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en la última parte, habilita a los
entes públicos para instrumentar el uso de sistemas electrónicos para la atención de
solicitudes de información. Dicho numeral establece lo siguiente:
Artículo 49. … Los Entes Públicos deberán implementar la solicitud de información por vía electrónica.
Artículo 51. Toda solicitud de información realizada en los términos de la presente Ley, aceptada por el Ente Público, será satisfecha en un plazo no mayor de diez días hábiles siguientes al que se tenga por recibida o de desahogada la prevención que en su caso se haya hecho al solicitante, este plazo podrá ampliarse hasta por diez días hábiles más en función del volumen o la complejidad de la información solicitada.
El Ente Público deberá comunicar al solicitante antes del vencimiento del plazo, las razones por las cuales hará uso de la prórroga. No podrán invocarse como causales de ampliación del plazo motivos que supongan negligencia o descuido del Ente Público en el desahogo de la solicitud.
Cuando la solicitud de información tenga por objeto información considerada como información pública de oficio, ésta deberá ser entregada en un plazo no mayor a cinco días.
El Ente Público que responda favorablemente la solicitud de información, deberá notificar al interesado sobre el pago de derechos o la ampliación del plazo.
Una vez que el solicitante compruebe haber efectuado el pago correspondiente, el Ente Público deberá entregar la información dentro de un plazo que no deberá exceder de tres días hábiles.
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Después de treinta días hábiles de haberse emitido la respuesta operará la caducidad del trámite y la notificación del acuerdo correspondiente se efectuará por listas fijadas en los estrados de la Oficina de Información Pública del Ente Público que corresponda.
Las solicitudes de acceso a la información y las respuestas que se les dé, incluyendo, en su caso, la información entregada, serán públicas. Asimismo, los Entes Públicos deberán poner a disposición del público esta información, en la medida que se solicite, a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica.
Ahora bien, los “Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de
datos personales a través del sistema INFOMEX del Distrito Federal”, establecen en su
numeral 3, fracciones III, IV y XVIII, lo siguiente:
3. Sin perjuicio de las definiciones contenidas en los artículos 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y 2 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: … III. Certificado: El medio de identificación electrónica como elemento de seguridad para acceder a INFOMEX y reconocer como auténtica la información enviada por ese medio. IV. Clave de usuario y contraseña: Los elementos de seguridad de INFOMEX que los solicitantes obtendrán al registrarse en este sistema y utilizarán para dar seguimiento a sus solicitudes y recibir notificaciones y la información, en su caso. … XVIII. Módulo electrónico de INFOMEX: Es un componente del sistema que permite a los entes públicos la recepción de las solicitudes directamente en el mismo, así como darles respuesta y realizar las notificaciones correspondientes a través del propio sistema; igualmente permite la impresión de las fichas de pago por reproducción y envió de información, de acuerdo con las opciones elegidas por el solicitante; así como la presentación de recursos de revisión ante el Instituto.
Además, el numeral 17, párrafo primero, de los Lineamientos referidos, dispone:
Capítulo II Registro y trámite de solicitudes a través del módulo electrónico de INFOMEX
17. En las solicitudes cuya recepción se realice en el módulo electrónico de INFOMEX, la Oficina de Información Pública observará lo dispuesto por los lineamientos 8, excepto las fracciones I y II, 9, 10 y 12, salvo en lo que respecta a las notificaciones y el cálculo de los costos de reproducción y envío, los cuales se realizarán directamente a través del
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módulo electrónico de INFOMEX, mismo que desplegará las fichas de pago respectivas, que podrán ser impresas, para que el particular realice el depósito correspondiente en las instituciones autorizadas. …
De los numerales transcritos, se desprende que, de acuerdo a la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es obligatoria la implementación
de solicitudes de información por vía electrónica y que las solicitudes de información
serán satisfechas en un plazo no mayor de diez días hábiles, el cual podrá ampliarse
hasta por diez días hábiles más en función del volumen o la complejidad de la
información solicitada.
Del mismo modo, conforme a los “Lineamientos para la gestión de solicitudes de
información pública y de datos personales a través del sistema INFOMEX del Distrito
Federal”, para su presentación por vía electrónica, los solicitantes pueden obtener una
clave de usuario y contraseña, los cuales constituyen elementos de seguridad que el
sistema INFOMEX proporciona a los solicitantes para que éstos puedan dar
seguimiento a sus solicitudes así como recibir notificaciones e información.
De igual forma, se observa la existencia de un Certificado como medio de identificación
electrónica, el cual es un elemento de seguridad que tiene como finalidad dar
autenticidad a la información enviada a través de dicho sistema. Además, se desprende
que el Ente Público tiene la obligación de notificar la respuesta a la solicitud de
información a través del medio señalado por el solicitante.
Precisado lo anterior, no debemos perder de vista que el particular realizó por cuenta
propia el registro de su solicitud de información a través del módulo electrónico del
sistema INFOMEX, según se desprende de la impresión de la pantalla “Avisos del
Sistema” que contiene el “Paso 2. Resultados de la búsqueda” y el “Paso 3. Historial de
la Solicitud”, por lo que las notificaciones correspondientes se hicieron mediante dicho
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sistema. Aunado a lo anterior, caber señalar que del “Acuse de recibo de Solicitud de
Acceso a la Información Pública” generado por el propio sistema INFOMEX, se
desprende la siguiente leyenda:
Si usted utilizó el sistema INFOMEX a través de Internet para realizar su solicitud, acepta que las notificaciones relativas a la misma, se le harán en el sitio www.infomexdf.org.mx, en los plazos establecidos en la LTAIPDF.
En ese orden de ideas, es evidente que quien realizó la captura y emitió la respuesta
impugnada es el Responsable de la Oficina de Información Pública del Ente Público, de
tal suerte que el agravio esgrimido por el recurrente, tendiente a cuestionar la
formalidad del acto por la falta de identificación del funcionario que la emitió, falta de
firma, membrete, fecha y haber sido emitido fuera del plazo establecido resulta
infundado, ya que la entrega del documento impugnado a través del sistema INFOMEX,
proporciona la certeza respecto de la autenticidad y validez de la respuesta de la
autoridad emisora del mismo, y de que la misma fue emitida dentro del plazo
establecido por la ley.
Por lo que hace al agravio marcado con el inciso c, consistente en que la información
proporcionada no corresponde con lo solicitado porque no contiene el número de oficio
con el que se hizo cada una de las designaciones, ni el cargo al que fue designada
cada una de las personas enlistadas, consideramos necesario transcribir lo dispuesto
por el artículo 6, fracción X, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal, de aplicación supletoria a la Ley de la materia, que dispone:
Artículo 6º.- Se considerarán válidos los actos administrativos que reúnan los siguientes elementos: … X. Expedirse de manera congruente con lo solicitado y resolver expresamente todos los puntos propuestos por los interesados o previstos por las normas.
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El dispositivo transcrito dispone que todo acto administrativo debe apegarse a los
principios de congruencia y exhaustividad, lo que se traduce en que, en materia de
transparencia y acceso a la información pública, las respuestas que emitan los entes
públicos deben guardar concordancia con lo solicitado y, pronunciarse
expresamente respecto de cada uno de los contenidos de información
solicitados, lo que en el presente caso no ocurrió, pues tal como lo refiere el particular,
el Ente Público sólo le entregó un listado de las personas designadas como
funcionarios, trabajadores o empleados en la Delegación Tlalpan por el ex delegado
Guillermo Sánchez Torres, en uso de la facultad que le otorga el artículo 117, fracción
IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, desde el uno de junio de dos mil ocho a
la fecha, sin que se advierta que hayan proporcionado los cargos que les fueron
designados, ni los números de oficios con que se efectuaron dichos nombramientos, por
lo que resulta fundado el agravio hecho valer por el recurrente y procedente ordenar la
entrega de la información restante.
Esta resolutora no pierde de vista que, tal como quedó acreditado en el Considerando
Segundo, con la respuesta notificada al particular durante la substanciación de este
medio de impugnación, el Ente Público proporcionó al particular un listado de las
personas que el ex Delegado Guillermo Sánchez Torres designó como funcionarios,
trabajadores o empleados de la Delegación Tlalpan en términos del artículo 117,
fracción IX, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, desde el uno de junio de dos
mil ocho a la fecha, indicándole el número de oficio de nombramiento, el nombre de la
persona y el cargo con que designó a cada una de ellas.
Sin embargo, fue omiso en proporcionar el número de oficio en nueve casos
correspondientes a los C.C. Martha López García (Jefa de Unidad Departamental de
Obras Hidráulicas) Juan Carlos Nájera Ramos (Jefe de Unidad Departamental de
Tianguis y Vía Pública), Crescencio Mondragón Flores (Enlace “A”), Camila Carrión
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Ambriz (Subdirectora de Cultura Comunitaria), Carlos Mendoza Cervantes (Jefe de
Unidad Departamental de Animación Cultural), Valente Antonio Ortiz Contreras (Jefe
de Unidad Departamental de Planteles Educativos), Emilia Cantú Alvarado (Líder
Coordinador de Proyectos “A”), Araceli García García (Líder Coordinador de
Proyectos “A”) y Alejandra Araceli Aguirre Sosa (Enlace “A”).
En ese sentido, es evidente que el particular ya cuenta con parte de la información de
cuya falta de entrega se dolió en su escrito recursal, de modo que resultaría ocioso
ordenarle que la entregue de nueva cuenta.
Al respecto, la Circular Uno bis “Normatividad en Materia de Administración de
Recursos”, en su numeral 1.3.11, dispone lo siguiente:
1.3.11 Los Jefes Delegacionales tienen la atribución de nombrar o remover libremente a sus subalternos, por lo que son los responsables de expedir los nombramientos del personal que consideren para ocupar un puesto en su estructura orgánica autorizada.
Además y según sea el caso, suscribir las remociones que correspondan, de conformidad con la normatividad aplicable.
En la transcripción realizada, se observa que los Jefes Delegacionales se encuentran
facultados para nombrar o remover libremente a sus subalternos, por lo que son
responsables de expedir los nombramientos del personal que consideren para ocupar
un puesto en su estructura orgánica autorizada. En esa tesitura, es evidente que las
designaciones por ellos realizadas en ejercicio de dicha atribución deben constar por
escrito.
Asimismo, de la copia del oficio DT/DGA/2233/2009, del treinta y uno de agosto de dos
mil nueve, visible a foja 50 del expediente, se desprende que el Director General de
Administración, solicitó al Director de Recursos Humanos, ambos de la Delegación
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Tlalpan, la relación de número de oficio así como el oficio de nombramiento de los C.C.
Martha López García, Juan Carlos Nájera Ramos, Crescencio Mondragón Flores,
Camila Carrión Ambriz, Carlos Mendoza Cervantes, Valente Antonio Ortiz Contreras,
Emilia Cantú Alvarado, Araceli García García y Alejandra Araceli Aguirre Sosa,
asimismo, solicitó se le informe por qué dicha información no fue enviada en su
oportunidad.
Por lo expuesto hasta este punto, se puede presumir válidamente la existencia de los
oficios de nombramiento de las referidas personas, así como que dicha información
debería obrar en los archivos de la Dirección de Recursos Humanos del Ente recurrido.
En este punto, es conveniente citar lo dispuesto por el artículo 50, último párrafo, de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la
letra dice:
Artículo 50. … … Cuando la información no se encuentre en los archivos del Ente Público, el Comité de Transparencia analizará el caso y tomará las medidas necesarias para localizar la información y resolver en consecuencia. Se presume que la información existe si documenta algunas de las facultades o atribuciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorguen al Ente Público. En su caso, el Comité de Transparencia expedirá una resolución que confirme la inexistencia del documento, podrá ordenar que se genere, cuando sea posible, y lo notificará al solicitante a través de la oficina de información pública, así como al órgano interno de control del Ente Público quien, en su caso, deberá iniciar un procedimiento de responsabilidad administrativa.
De conformidad con el artículo 50, párrafo cuarto, de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública del Distrito Federal, cuando la información no se encuentre en
los archivos del Ente Público, el Comité de Transparencia analizará el caso y tomará las
medidas necesarias para localizarla y resolver en consecuencia, emitiendo, cuando
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proceda, una resolución que confirme la inexistencia del documento, pudiendo ordenar
que se genere la información siempre que ello sea posible.
Asimismo, en dicho precepto se establece la presunción legal de existencia de la
información si la misma documenta algunas de las facultades o atribuciones que los
ordenamientos jurídicos aplicables otorgan al Ente Público, por lo que, es evidente que
para la procedencia de la resolución de inexistencia en primer término, se debe verificar
que exista la obligación a cargo del Ente Público de poseer el documento y en segundo
lugar, que exista algún indicio que haga presumir su existencia.
En ese sentido y en la inteligencia que las oficios mencionados constituyen información
cuya existencia se presume por consignar nombramientos para ejercer cargos públicos,
y que, por la naturaleza de los mismos, debieran encontrarse en posesión del Ente
Público, resulta procedente ordenarle que realice una búsqueda exhaustiva de los
oficios con los cuales se realizaron los nombramientos de los cargos conferidos a los
C.C. Martha López García, Juan Carlos Nájera Ramos, Crescencio Mondragón Flores,
Camila Carrión Ambriz, Carlos Mendoza Cervantes, Valente Antonio Ortíz Contreras,
Emilia Cantú Alvarado, Araceli García García y Alejandra Araceli Aguirre Sosa y
proporcione al particular el número de los mismos. En caso que los oficios referidos no
sean localizados en los archivos de la Delegación, deberá dar intervención a su Comité
de Transparencia para que proceda en términos del artículo 50, último párrafo, de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, tomando
las medidas que resulten necesarias para localizar la información y resolver en
consecuencia conforme a sus atribuciones.
En virtud de lo expuesto, con fundamento en el artículo 82, fracción III, de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, esta autoridad
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resolutora considera procedente modificar la respuesta emitida por la Delegación
Tlalpan, y ordenar al Ente Público que realice la búsqueda exhaustiva de los oficios con
los cuales se realizó el nombramiento de los C.C. Martha López García, Juan Carlos
Nájera Ramos, Crescencio Mondragón Flores, Camila Carrión Ambriz, Carlos Mendoza
Cervantes, Valente Antonio Ortiz Contreras, Emilia Cantú Alvarado, Araceli García
García y Alejandra Araceli Aguirre Sosa y proporcione al particular el número de los
mismos. En caso que dichos oficios no sean localizados en los archivos de la
Delegación, deberá dar intervención a su Comité de Transparencia, para que proceda
en términos del artículo 50, último párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal, tomando las medidas que resulten necesarias
para localizar la información, emitiendo, en su caso, el acta de inexistencia de los
mismos.
La respuesta que se emita en cumplimiento a este fallo, deberá ser notificada al
particular, en la dirección de correo electrónico señalada por el recurrente como medio
para recibir notificaciones en su solicitud de información, en un plazo de diez días
hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación
correspondiente, atento a lo dispuesto por el artículo 82, segundo párrafo, de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en relación con el
diverso 517, primer párrafo, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 88, segundo párrafo, de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se debe informar
al recurrente que, en caso de estar inconforme con la presente resolución, puede
interponer juicio de amparo ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa.
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QUINTO. Respecto al agravio marcado en el inciso b, en el que el recurrente refirió que
su derecho de información fue tratado con negligencia y que se le oculta información, se
considera necesario señalar que en el expediente en que se actúa, obran diversos
oficios de los que se advierte la gestión interna realizada por la Dirección General de
Administración de la Delegación Tlalpan, a fin de atender debidamente la solicitud de
acceso a la información que le fue planteada, de los que destaca lo siguiente:
Del acuse del oficio DT/DGA/1677/2009, del nueve de julio de dos mil nueve, se desprende que el Director General de Administración en la Delegación Tlalpan requirió al Director de Recursos Humanos la información materia de la solicitud de acceso que motivó la interposición del presente recurso de revisión, señalando como fecha límite para atender tal instrucción, el dieciséis de julio de dos mil nueve.
Asimismo, en los acuses de los oficios DT/DGA/1790/2009, DT/DGA/1796/2009 del dieciocho y veinte de julio de dos mil nueve; se observa que el Director General de Administración en la Delegación Tlalpan reitera al Director de Recursos Humanos la instrucción dada mediante el diverso DT/DGA/1677/2009.
Mediante el oficio DT/DGA/DRH/2415/2009, del veinte de julio de dos mil nueve el Director de Recursos Humanos remitió al Director General de Administración, ambos en la delegación Tlalpan, un listado con sesenta y cuatro nombres de personal contratado por estructura, sin pronunciarse respecto de los números de oficios de nombramiento y cargos para los que fueron designados.
En virtud de lo anterior, con los oficios números DT/DGA/1885/2009,
DT/DGA/1970/2009 y DT/DGA/2011/2009, del tres, diez y trece de agosto del dos mil nueve, respectivamente, el Director General de Administración en la Delegación Tlalpan reitera al Director de Recursos Humanos la instrucción dada mediante el diverso DT/DGA/1677/2009, y le hace de su conocimiento que conforme a la normatividad aplicable, la responsabilidad por la expedición de los nombramientos es del delegado, y la del resguardo de los mismos del área de Administración de Personal.
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Por oficio DT/DGA/DRH/2415/2009, del tres de agosto de dos mil nueve, el Director de Recursos Humanos informa al Director General de Administración, ambos en la delegación Tlalpan que no localizó el oficio solicitado; mientras que, con el diverso DT/DGA/DRH/2845/2009, del veintiocho de agosto del año en cita, le remitió un documento denominado “Relación del Personal Designado de Estructura”, consistente en una tabla con tres columnas con los rubros “Oficio No.”, “Cargo Asignado”, Nombre”, así como copia simple de cincuenta y cinco oficios, a través de los cuales, el Jefe Delegacional, informa al Director General de Administración, ambos de la Delegación Tlalpan, el nombre de cada una de las personas y los cargos en que los designa de manera individual.
Finalmente, de la copia del acuse de recibido del oficio DT/DGA/2232/2009, del
treinta y uno de agosto de dos mil nueve, se desprende que el Director General de Administración, refiere al Encargado de la Oficina de Información, ambos en la Delegación Tlalpan, que mediante el diverso DT/DGA/2090/2009, del diecinueve del mes y año en cita, hizo del conocimiento del Contralor Interno en dicha demarcación, las conductas omisivas del Director de Recursos Humanos, para cumplir con los requerimientos de su superior jerárquico, a fin de atender la solicitud de acceso a la información que nos ocupa, sin embargo, refiere no haber obtenido respuesta alguna por parte del Órgano de Control Interno.
De lo anterior se concluye que el titular de la Dirección General de Administración en la
Delegación Tlalpan instruyó a un subalterno, a fin de responder la solicitud de acceso a
la información del recurrente, sin que el mismo atendiera oportunamente dichos
requerimientos, por lo que podrían actualizarse las infracciones a que se refieren las
fracciones II y III, del artículo 93, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal.
En ese orden de ideas, toda vez que en términos de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública del Distrito Federal, este Instituto tiene la facultad de dar vista a
los Órganos de Control Interno cuando advierta que algún servidor público pudo haber
incurrido en responsabilidad por la violación a los derechos que consagra la Ley de la
materia, como es el caso del derecho de acceso a la información, con fundamento en
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los artículos 80, último párrafo, y 81, fracción IV, en relación con el diverso 93,
fracciones II y III, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Distrito Federal, resulta procedente DAR VISTA a la Contraloría General del Distrito
Federal para que determine lo que en derecho corresponda.
Por lo anteriormente razonado, expuesto y fundado se:
R E S U E L V E
PRIMERO. Por las razones expuestas y con fundamento en el artículo 82, fracción III,
de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se
MODIFICA la respuesta emitida por la Delegación Tlalpan, y se ordena al Ente Público
que emita una nueva respuesta en el plazo y conforme a los lineamientos establecidos.
SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 90 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal se ordena al Ente Público informar a este
Instituto por escrito sobre el avance en el cumplimiento a lo ordenado en el Punto
Resolutivo Primero, dentro de los cinco días posteriores a que surta efectos la
notificación de la resolución, e informe sobre su total cumplimiento dentro de los tres
días posteriores al plazo concedido para hacerlo anexando copia de las constancias
que lo acrediten. Asimismo, se le apercibe de que, en caso de no dar cumplimiento
dentro del plazo ordenado, se procederá en términos del artículo 91 de la Ley de la
materia.
TERCERO. Por las razones expuestas en el Considerando Quinto de la presente
resolución, con copia certificada del expediente y de este fallo, SE DA VISTA a la
Contraloría General del Distrito Federal, a efecto de que determine lo que en derecho
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corresponda.
CUARTO. Se informa al recurrente que, en caso de estar inconforme con la presente
resolución, puede interponer juicio de amparo ante los Juzgados de Distrito en Materia
Administrativa.
QUINTO. Se pone a disposición del recurrente el teléfono 56 36 21 20 y el correo
electrónico [email protected] para que comunique a este Instituto
cualquier irregularidad en el cumplimiento de la presente resolución.
SEXTO. La Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo del Instituto dará seguimiento a la
presente resolución llevando a cabo las actuaciones necesarias para asegurar su
cumplimiento y, en su momento, informará a la Secretaría Técnica.
SÉPTIMO. Notifíquese la presente resolución al recurrente en el medio señalado para
tal efecto y por oficio al Ente Público.
Así lo resolvieron, por unanimidad, los Comisionados Ciudadanos del Instituto de
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal: Oscar Mauricio Guerra Ford, Jorge
Bustillos Roqueñí, Areli Cano Guadiana, Salvador Guerrero Chiprés y Agustín Millán
Gómez, en Sesión Ordinaria celebrada el siete de octubre de dos mil nueve, quienes
firman al calce para los efectos legales a que haya lugar.
OSCAR MAURICIO GUERRA FORD COMISIONADO CIUDADANO
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PRESIDENTE
JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ COMISIONADO CIUDADANO
ARELI CANO GUADIANA COMISIONADA CIUDADANA
SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS COMISIONADO CIUDADANO
AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ COMISIONADO CIUDADANO